Acuerdos Prematrimoniales o Capitulaciones en Colombia

Son acuerdos legales que se celebran entre los futuros cónyuges antes de contraer matrimonio sobre los bienes que van a entrar o no en la sociedad conyugal.

Estos acuerdos aplican tanto para bienes muebles como inmuebles.

Se encuentran reguladas en el Código Civil en el Título XXII. Para que puedan llevarse a cabo se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Se deben realizar antes de la celebración del matrimonio.
  • Se deben realizar mediante escritura pública ante notario.
  • La escritura pública debe contener la firma de ambos cónyuges y del notario.
  • La escritura también debe contener la manifestación expresa de los bienes y deudas de cada uno de los cónyuges.
  • Debe ser registrada en el registro civil antes de la celebración del matrimonio.
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Es indispensable que la pareja reciba asesoría de un abogado especializado en el tema antes de llevar a cabo las capitulaciones, ello con el fin de que la pareja entienda las implicaciones legales de las capitulaciones y los efectos de estas sobre sus derechos patrimoniales durante el matrimonio y en caso de separación.

Para llevar a cabo el trámite de capitulaciones matrimoniales se debe realizar el siguiente proceso:

  1. Contratar un abogado especializado en derecho de familia para que brinde asesoría y redacte el documento de capitulaciones matrimoniales.
  2. Con el documento de capitulaciones matrimoniales redactado, los cónyuges deberán acudir a una notaría para suscribir y firmar la escritura pública, para ello deben llevar sus documentos de identidad y los documentos que acrediten la propiedad de los bienes que se van a incluir en el acuerdo.
  3. Los cónyuges deben solicitar al notario el registro de la escritura pública en el registro civil, para ello deben aportar el comprobante de pago de las tasas notariales correspondientes.
  4. Una vez se registra en el registro civil, se asigna un número de registro y se emite un certificado que acredita la existencia del documento. Se recomienda que los cónyuges soliciten una copia.
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Es importante resaltar que este trámite debe hacerse antes de la celebración del matrimonio pues, una vez celebrado, ya no se puede realizar ni modificar.

Los costos fijos de este trámite son:

  • Impuestos y tasas notariales.
  • Honorarios del notario derivados de la escritura pública.
  • Honorarios del abogado que brinda asesoría a los cónyuges.
  • Gatos del registro en el registro civil.

El valor puede variar dependiendo de los costos anteriormente mencionados en cada caso concreto, sin embargo se encuentra entre los $500.000 y los $1.500.000 pesos colombianos.

La duración de este trámite dependerá de factores como la cantidad de trámites que tenga la notaría elegida y la complejidad de la situación patrimonial de los cónyuges, pero en general, el proceso se demora entre 2 y 4 semanas desde el inicio del trámite en la notaría hasta la inscripción de la escritura en el registro civil.

Dado que no es necesario registrar las capitulaciones matrimoniales que se llevan a cabo en una base de datos estatal, no existen estadísticas exactas sobre este trámite.

Sin embargo, las capitulaciones matrimoniales son una opción cada vez más utilizada por las parejas entes de contraer matrimonio.

Las capitulaciones matrimoniales son recomendadas para las parejas que desean proteger sus patrimonios personales y/o estableces acuerdos claros sobre la administración y distribución de bienes en el matrimonio.

 

Referencias