Audiencia de medida de aseguramiento

Audiencia de medida de aseguramiento

En primer lugar, es importante tener en cuenta que una medida de aseguramiento en Colombia es una decisión judicial que se toma para garantizar el cumplimiento de las decisiones adaptadas dentro del trámite, la presencia del imputado en el proceso y asegurar la estabilidad y tranquilidad social. Esta medida se aplica antes de que se dicte una sentencia y son de dos tipos, a saber, privativas y no privativas de la libertad. Las primeras incluyen la detención preventiva, el arresto domiciliario, la prohibición de salir del país, las segundas, la obligación de presentarse regularmente ante las autoridades judiciales. La medida de aseguramiento impuesta dependerá de las circunstancias particulares del caso y de la evaluación realizada por el juez. 

¿Cómo es la audiencia de medida de aseguramiento?

La audiencia de medida de aseguramiento se lleva a cabo en presencia del juez de control de garantías, quien es el encargado de decidir si se impone o no la medida de aseguramiento. También asisten a la audiencia el fiscal, quien presenta las pruebas y argumentos que sustentan la solicitud de medida de aseguramiento, y la defensa, quien tiene la oportunidad de controvertir las pruebas y argumentos presentados por el fiscal y presentar las pruebas y argumentos en favor de su defendido. 

En la audiencia de medida de aseguramiento se deben cumplir con ciertos requisitos formales y sustanciales. En primer lugar, se debe notificar al imputado de la realización de la audiencia y de los cargos que se le imputan. Además, se debe garantizar su derecho a la defensa, lo que implica que la defensa tenga acceso a las pruebas que presenta el fiscal y que pueda presentar sus propias pruebas. También se debe garantizar el derecho a la contradicción, lo que significa que la defensa tiene la oportunidad de controvertir las pruebas y argumentos del fiscal. 

Durante la audiencia de medida de aseguramiento, el juez debe evaluar las pruebas presentadas por el fiscal y la defensa y determinar si existen suficientes elementos de convicción para imponer una medida de aseguramiento. Para tomar esta decisión, el juez debe tener en cuenta varios factores, como la gravedad del delito imputado, el riesgo de fuga del imputado, el riesgo de obstaculización de la investigación o la posibilidad de que el imputado cometa nuevos delitos. 

Es importante destacar que la audiencia de medida de aseguramiento tiene una duración limitada. Según la ley colombiana, la audiencia debe realizarse dentro de las 36 horas siguientes a la captura del imputado, y en todo caso antes de que transcurran los 10 días siguientes a la imputación. Esto significa que el juez debe tomar una decisión sobre la medida de aseguramiento en un plazo relativamente corto.  

 

Cibergrafía

https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/listados/tematica2.jsp?subtema=30837#:~:text=Las%20medidas%20de%20aseguramiento%20implican,el%20proceso%20y%20asegurar%20la 

https://tusabogadosycontadores.co/blog/medidas-aseguramiento/ 

https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/relatorias/pe/spa/FINES%20Y%20PRINCIPIOS.pdf 

https://www.eltiempo.com/justicia/servicios/medida-de-aseguramiento-en-colombia-que-es-y-cuando-se-aplica-611968