Cambio o actualización de titular del impuesto predial en Medellín

Cambio o actualización de titular del impuesto predial en Medellín

Cambio o actualización de titular del impuesto predial en Medellín

El impuesto predial en Colombia es un impuesto local que se aplica a la propiedad raíz, es decir, a los bienes inmuebles tales como terrenos, casas, apartamentos, locales comerciales, entre otros. Es un impuesto municipal que se cobra anualmente y su recaudación es responsabilidad de las administraciones locales, como las alcaldías o los municipios. 

El impuesto predial se utiliza para financiar los gastos y servicios municipales, tales como la infraestructura urbana, la seguridad, el mantenimiento de vías, la recolección de basura, entre otros. La tarifa del impuesto predial varía según el avalúo catastral del inmueble, que es una estimación del valor comercial del mismo realizada por la entidad encargada de la administración tributaria local. 

El avalúo catastral se calcula teniendo en cuenta diferentes factores, como el tamaño del terreno, la construcción existente, la ubicación y el uso que se le da al inmueble. A partir de este avalúo, se aplica una tarifa establecida por la entidad local, que puede variar dependiendo de la ubicación y las características específicas del inmueble. 

Es importante destacar que el impuesto predial es obligatorio y su no pago puede generar sanciones y recargos. Además, es responsabilidad del propietario del inmueble asegurarse de que el avalúo catastral esté actualizado y que se realicen los pagos correspondientes dentro de los plazos establecidos por la administración local. 

En caso de requerir actualizar la dirección de cobro del impuesto predial cuando existan cambios o errores en la misma, el trámite se puede realizar de manera presencial o virtual con los siguientes documentos:  

  1. Formato de trámite catastral diligenciado.  
  2. Certificado de libertad y tradición con fecha de expedición no superior a 30 días respecto a la fecha en la que se realiza la solicitud. 
  3. Copia de la escritura pública registrada con fecha de expedición no superior a 30 días respecto a la fecha en la que se realiza la solicitud. 
  4. Fotocopia del documento de identidad.  
  5. Documentos adicionales que permitan verificar la información (opcional). 

Para realizar el trámite virtual se puede acceder al sitio web de la Gobernación de Medellín haciendo clic aquí, o si se quiere realizar de manera presencial, se debe acudir al Centro de Atención a la ciudadanía, Sótano Externo – Gobernación de Antioquia, taquilla 20. El horario de atención es de lunes a viernes de 7:30 am a 4:30 pm en jornada continua. 

El tiempo de respuesta aproximado es de 15 días a 30 días hábiles y no tiene costo. 

Cibergrafía

https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/espacio-urbano-y-territorial/aula-de-financiamiento/impuesto-predial-unificado#:~:text=%C2%BFQu%C3%A9%20es%3F,su%20administraci%C3%B3n%2C%20recaudo%20y%20control. 

https://colombia.as.com/actualidad/impuesto-predial-que-es-a-quien-aplica-y-como-realizar-la-primera-declaracion-n/ 

https://www.medellin.gov.co/irj/portal/medellin?NavigationTarget=navurl://0449bafa98d23e3c7fa36f439658ecfd 

https://www.metropol.gov.co/area/gestioncatastral/Cambio%20de%20propietario%20o%20poseedor.pdf 

https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T16312