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Derecho Comercial

Contratos civiles

Publicado en: 28 de febrero de 2024
Tiempo de lectura: 2 min
 Contratos civiles

En Colombia, los contratos civiles es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas que establece derechos y obligaciones para las partes involucradas en relación a asuntos de carácter patrimonial o personal. Los contratos civiles están regulados por el Código Civil y pueden abarcar una amplia variedad de situaciones y transacciones legales.

Los elementos existencia de todo contrato son:

  1. Manifestación concurrente de voluntad.
  2. Objeto, es decir, efectos jurídicos que produce el contrato.
  3. Causa o razón de celebracion real y licita.
  4. Solemnidades o formalidades necesarias para el perfeccionamiento del contrato.

Por otro lado, los elementos de validez son:

  1. La manifestación concurrente de voluntad debe estar libre de vicios.
  2. Objeto licito.
  3. Causa licita.
  4. Capacidad.
  5. Formalidades habilitantes.

Algunos de los contratos civiles más comunes en Colombia son:

  1. Contrato de compraventa: Establece la transferencia de la propiedad de un bien a cambio de un precio determinado.
  2. Contrato de arrendamiento: Regula la cesión del uso y goce de un bien inmueble a cambio del pago de un canon de arrendamiento.
  3. Contrato de mutuo: Regula el préstamo de dinero o bienes fungibles, donde una de las partes entrega cierta cantidad de dinero o bienes a la otra parte, quien se compromete a devolver la misma cantidad más los intereses acordados.
  4. Contrato de préstamo: Establece la entrega temporal de un bien no fungible (distinto al dinero) por parte del prestamista al prestatario, quien se compromete a devolverlo en las mismas condiciones.
  5. Contrato de mandato: Faculta a una persona (mandatario) para actuar en nombre y representación de otra persona (mandante) en la realización de determinados actos jurídicos.
  6. Contrato de promesa de compraventa: Acuerdo en el cual una de las partes se compromete a vender un bien en el futuro a la otra parte, bajo condiciones específicas acordadas.
  7. Contrato de sociedad: Establece la colaboración entre dos o más personas para realizar una actividad económica con el fin de obtener beneficios.
  8. Contrato de donación: Regula la transferencia gratuita de un bien o derechos de una persona a otra.

La forma de celebración de los contratos civiles puede variar dependiendo de la naturaleza del contrato y de las disposiciones legales aplicables. En general, los contratos civiles pueden celebrarse de manera verbal o escrita, aunque se recomienda siempre formalizarlos por escrito para evitar malentendidos y facilitar su prueba en caso de controversia. Algunos contratos, como el contrato de compraventa de bienes inmuebles, deben realizarse por escritura pública ante notario público para que sean válidos y oponibles a terceros.

Cibergrafía

https://www.conceptosjuridicos.com/co/contrato/

http://isdabogados.es/tipos-contratos-civiles/

https://www.colombialegalcorp.com/blog/cuales-realizar-contratos-frecuentemente-se-tramitan-colombia/

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