Logo Servicio Legal Abogados

Modificaciones a la Ley que regula la Nacionalidad Portuguesa

Publicado en: 20 de agosto de 2020
Tiempo de lectura: 4 min
Modificaciones a la Ley que regula la Nacionalidad Portuguesa

Nacionalidad Portuguesa: Cambios en la Ley de 2020

La Ley de nacionalidad portuguesa 37° de 1981, modificada por el Decreto-Ley n.º 237-A/2006 y en 2018, sufrió nuevas modificaciones aprobadas el 23 de julio de 2020 por el parlamento portugués. Es importante aclarar que estas modificaciones aún no están vigentes, pendiente de promulgación presidencial y publicación. Si deseas conocer más sobre el Derecho Migratorio, te invitamos a explorar nuestra categoría especializada. A continuación, se presenta un cuadro comparativo de los cambios.

Nacionalidad para Nietos de Nacionales Portugueses

Regulación Actual

Requisito
1. Ser nacido en el extranjero con al menos un ascendiente de segundo grado en línea recta con nacionalidad portuguesa, sin haberla perdido.
2. Presentar documento que compruebe dominio del idioma portugués (Art. 25 del Decreto Ley 237-A/2006).
3. Demostrar vínculo con la comunidad portuguesa (residencia legal en Portugal en los últimos 3 años, inscripción en registro tributario, servicio nacional de salud, o propiedad de inmueble por al menos 3 años).

Modificación

  1. Ser un individuo nacido en el extranjero con, por lo menos, un ascendiente de segundo grado en la línea recta con nacionalidad portuguesa y que no haya perdido dicha nacionalidad.
  2. Presentar un documento que compruebe dominio de la lengua portuguesa.

Se eliminó la necesidad de probar un vínculo objetivo con la comunidad portuguesa; el conocimiento del idioma es suficiente. Para más detalles sobre este trámite, consulta nuestro artículo sobre la Nacionalidad portuguesa para nietos de portugués.

Nacionalidad para Cónyuges de Nacional Portugués

Regulación Actual

El artículo 14 del Decreto 237-A/2006 establece: matrimonio de al menos 3 años (previamente reconocido en Portugal) y comprobación de vínculos efectivos con la comunidad portuguesa.

Modificación

  • Si los cónyuges tienen un hijo en común, no será necesario acreditar que el matrimonio tiene por lo menos 3 años de duración (si llevan menos de 3 años de casados, pero tienen un hijo en común, pueden aplicar).
  • Si el matrimonio no tiene hijos en común, se exige acreditar que este tiene por lo menos una duración mínima de seis (6) años. Se eliminó la necesidad de probar la duración mínima del matrimonio (si hay hijos en común) y los vínculos con la comunidad portuguesa. Puedes encontrar más información sobre trámites relacionados en nuestro artículo Trámite para la obtención de la Nacionalidad Portuguesa para hijos menores de edad y cónyuge de ciudadano portugués.

Nacionalidad para Compañero Permanente de Nacional Portugués

Regulación Actual

El artículo 14 del Decreto 237-A/2006 exige: cohabitación en condiciones análogas a las de los cónyuges por más de 3 años, con reconocimiento judicial, y comprobación de vínculos efectivos con la comunidad portuguesa.

Modificación

Si los compañeros permanentes tienen un hijo en común, no será necesario acreditar que la unión marital tiene por lo menos 3 años de duración (si llevan menos de 3 años de vivir juntos, pero tienen un hijo en común, pueden aplicar).

Además, si tienen un hijo en común, la unión marital no requerirá reconocimiento judicial.

Si los compañeros que conforman la unión marital no tienen hijos en común, se exige acreditar que la unión marital tiene por lo menos una duración mínima de seis (6) años.

Se eliminó la necesidad de probar la duración mínima del vínculo marital y el reconocimiento judicial de esta si la pareja tiene hijos en común, y tampoco necesitarán probar vínculos con la comunidad portuguesa.

Nacionalidad Portuguesa Originaria para Hijo de Extranjeros Nacido en Portugal

Regulación Actual

Solamente se otorgará nacionalidad portuguesa originaria a los niños nacidos en Portugal si por lo menos uno de sus progenitores es residente legal en el país hace por lo menos dos (2) años.

Modificación

Se otorgará nacionalidad portuguesa originaria a los niños nacidos en Portugal si por lo menos uno de sus progenitores es residente legal en el país hace por lo menos un (1) año.

Nacionalidad para Descendientes de Judíos Sefarditas

Como se ha explicado en otros artículos, el Decreto ley 30A/2015 permite otorgar la nacionalidad portuguesa a través de la naturalización a descendientes de judíos sefarditas. El requisito principal es presentar certificado de ascendencia sefardí, el cual debe ser expedido por las comunidades judías de Oporto y/o Lisboa. No requieren residir previamente en Portugal, ni probar dominio de la lengua portuguesa ni demostrar vínculos objetivos con el país portugués. Puedes leer más sobre este tema en Nacionalidad portuguesa por origen Sefardí: Análisis del Decreto Ley 30A/2015. Explora nuestra categoría dedicada a la Nacionalidad Portuguesa Sefardí para más contenido relacionado.

Entre las modificaciones aprobadas el 23 de julio por el parlamento portugués no se incluyó ninguna referente a esta posibilidad de adquisición de nacionalidad, no obstante, desde el 15 de julio de este año cursa un proyecto en el parlamento que les exige a los futuros solicitantes, probar que tienen vínculos objetivos con Portugal. Hasta ahora no se ha previsto claramente cómo deben probar estos lazos con el país luso.

Si tienes alguna duda acerca de los trámites para la obtención de la nacionalidad portuguesa, nosotros podemos ayudarte. En Servicio Legal somos expertos en derecho migratorio y te ayudaremos paso a paso para lograr tu nacionalidad portuguesa. Considera nuestro servicio de Ciudadanía Portuguesa por Origen Sefardí.

Ponte en contacto con nosotros a través de nuestro sitio web haciendo clic aquí.

Compartir este contenido:

Artículos recomendados

¿Deseas asesoría?

Diligencia el siguiente formulario y te contactaremos