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Derecho Migratorio

Nacionalidad alemana

Publicado en: 10 de febrero de 2023
Tiempo de lectura: 5 min
Nacionalidad alemana

La ley de nacionalidad alemana o RuStAG consagra múltiples formas de adquirir la ciudadanía, las cuales explicaremos a continuación:

Por descendencia directa

  • Si uno de los padres tiene nacionalidad alemana, el niño la adquiere siempre que haya sido reconocido por el padre, de requerirlo, antes de haber cumplido los 23 años
  • Si los padres son extranjeros, pero el niño nació en Alemania, adquiere nacionalidad alemana si al menos uno de los padres ha residido legalmente en Alemania durante 8 años y es titular del derecho de residencia de duración indefinida o, siendo nacional suizo o familiar de un nacional suizo, de un permiso de residencia

Nota: No adquiere la ciudadanía si el progenitor (o, de ser ambos progenitores alemanes, ambos) nació en el extranjero después del 31 de diciembre de 1999 y tiene su residencia habitual en el extranjero, a menos que, de negársele la nacionalidad alemana, el niño se convertiría en apátrida. Sin embargo, el padre/madre puede evitar que pierda la nacionalidad si dentro de su primer año de vida, se presenta una solicitud para la certificación del nacimiento en el registro alemán o si uno de sus progenitores se convirtió en nacional alemán de acuerdo con el derecho de nacionalidad por persecución o si hubiera tenido derecho a adquirirla por este motivo, sin hacerlo.

Por residencia continua

Por residencia habitual en Alemania durante 8 años y, además:

  1. Derecho de residencia de duración indefinida.
  2. Prueba de suficiencia económica para mantenerse a sí mismo y a sus dependientes.
  3. Renuncia o pérdida de la nacionalidad anterior o prueba de que le resulta especialmente difícil o perjudicial renunciar a ella. Sin embargo, se acepta su conservación temporal durante el trámite de la nacionalidad.
  4. Certificado de inexistencia de antecedentes penales.
  5. Certificado de idioma alemán correspondiente a un nivel B1 o, en el caso de un menor de 16 años, un conocimiento correspondiente a su edad.
  6. Conocimiento y acoplamiento en el orden legal y condiciones de vida en Alemania, que se demuestra mediante un examen, salvo que por su edad o por alguna discapacidad no pueda presentarlo.

Nota: Los 8 años pueden ser 7 si se participa en un curso de integración y se obtiene el certificado expedido por la Oficina Federal de Migración y Refugiados. Además, pueden ser 6 si se obtienen especiales logros educativos, profesionales, en relación con habilidades lingüísticas o con el compromiso cívico.

Por matrimonio o unión marital de hecho registrada con un alemán

Con antigüedad de al menos 2 años, en mantenimiento de la residencia habitual en Alemania durante 3 años o menos si el matrimonio o unión tiene antigüedad de al menos 3 años.

Si se solicita la naturalización dentro del año siguiente al fallecimiento del alemán o de la firmeza de la decisión que pone fin al matrimonio, se podrá solicitar la naturalización. Ésta última siempre que el solicitante tenga la custodia de un hijo menor de edad, con nacionalidad alemana, del matrimonio o unión marital registrada en una comunidad familiar.

Por ser hijo menor de edad del cónyuge o compañero permanente de un alemán

Siempre que se cumplan los requisitos de la naturalización, salvo por el de la residencia habitual, incluso si el cónyuge o compañero permanente todavía no cumple con la residencia por 3 años.

Por haber sido alemán

Por haber sido el extranjero alemán, podrán naturalizarse por simple petición él y sus hijos menores de edad, siempre que no haya sido condenado por un acto ilícito.

Por tener vínculo estrecho con Alemania

El extranjero con residencia habitual en el extranjero puede naturalizarse por simple petición si es que tiene vínculos con Alemania de tal entidad que lo justifiquen.

Por interés público

El cónyuge o compañero permanente extranjero de un alemán que tenga residencia habitual en el extranjero por ser de interés público que él o su cónyuge o compañero alemán permanezca allí, podrá naturalizarse por simple petición.

Ius sanguinis

El derecho de sangre confiere a los descendientes de alemanes la potestad de reclamar la ciudadanía alemana, en cumplimiento de determinados requisitos y con la recolección de pruebas suficientes de la relación sanguínea con un antepasado alemán.

Por persecución

Las personas que, debido a las medidas de persecución con motivo político, racial o religioso tomadas en el período comprendido entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945:

  • Renunciaron a su nacionalidad antes del 26 de febrero de 1955.
  • Se les negó la adquisición de la ciudadanía por matrimonio, legitimación o naturalización colectiva.
  • No se naturalizaron en condiciones en que normalmente la solicitud de naturalización hubiera prosperado.
  • No presentaron solicitud de naturalización con anterioridad por ser excluidos de esa posibilidad.
  • Renunciaron o perdieron su residencia habitual en Alemania, siempre que ésta se hubiera establecido antes del 30 de enero de 1933 o después, si eran menores.

Y sus descendientes, tendrán derecho a una naturalización simplificada que únicamente requiere que:

  1. No haber sido condenado a una pena de prisión o pena juvenil superior a los 2 años por uno o más delitos intencionales ni haberse ordenado su detención preventiva en la última condena preventiva.
  2. Ni el solicitante ni sus ascendientes hayan adquirido la ciudadanía alemana después del 8 de mayo de 1945 y la hayan perdido o abandonado nuevamente, salvo que la pérdida fuera fundada en el matrimonio con extranjero o la legitimación.

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Documentación necesaria para el trámite de nacionalidad alemana

  • Del solicitante:
  1. Certificado de nacimiento
  2. Documento de identidad actual
  3. Otros certificados de estado civil
  4. Certificados de nacimiento y matrimonio que prueben conexión familiar hasta el ancestro despojado de su nacionalidad
  • Del ancestro alemán:
  1. Certificado de nacimiento
  2. Documento de identidad actual (o última)
  3. Certificado de defunción (si aplica)
  4. Prueba de la ciudadanía alemana, que puede demostrarse con:
    1. Antiguos documentos de identidad alemanes
    2. Certificados de cancelación de registro anteriores a 1945
    3. Antiguo Heimatschein
  5. Evidencia de la persecución, que puede ser, por ejemplo:
    1. Inscripción de la afiliación religiosa en los certificados de nacimiento o matrimonio (del solicitante o de sus padres)
    2. Notas en pasaportes u otros documentos oficiales
    3. Recepción de pagos de compensación en virtud de la Ley Federal de Compensación
  6. Prueba del cambio de nombre (si aplica)
  7. Prueba de la adquisición de una nacionalidad extranjera (si aplica)

Solicitud de la nacionalidad alemana

Puede hacerse desde el extranjero, enviando el formulario correspondiente junto al expediente con todos los documentos y el respectivo árbol genealógico por correo a la misión alemana local o directamente a la sede de la Oficina Federal de Administración en Colonia.

Duración del trámite de la nacionalidad alemana

Dependiendo de la complejidad del expediente y de la carga de trabajo de la Oficina Federal de Administración, puede demorarse entre 1 y 3 años.

Costo del trámite de la nacionalidad alemana

La solicitud de este tipo de nacionalidad no tiene costo alguno.

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