Los permisos de salida en Colombia sin vigilancia son concedida por el Director Regional del INPEC a los presos a quienes se les haya negado la libertad condicional.
Requisitos generales de los permisos de salida en Colombia
- No estar condenado a la prisión perpetua
- No estar condenados por hechos punibles cometidos durante el tiempo de reclusión
- No haberle sido retirado el beneficio por incumplimiento de las obligaciones
Requisitos específicos de los permisos de salida en Colombia
- Haberle sido negada la libertad condicional
- Certificación de haber observado buena conducta en el centro de reclusión
- Encontrarse en la fase de mediana seguridad
- Haber cumplido al menos las cuatro quintas partes (4/5) de la condena.
- No tener orden de captura vigente
- No registrar fuga ni intento de ella durante el desarrollo del proceso o la ejecución de la sentencia
- Haber trabajado, estudiado o enseñado durante el período que lleva de reclusión
- No haber incurrido en algún delito o contravención especial de Policía durante el tiempo en que disfrutaba del beneficio
- Si fue beneficiario de este permiso en los 6 meses anteriores a la solicitud, no haber observado mala conducta o haber retardado su presentación al centro carcelario sin justa causa
Tipos
- Salida continua: Durante hasta 15 días continuos, sin exceder los 60 al año
- Salida los fines de semana: Incluyendo lunes festivos. Máximo cada dos semanas
Trámite
Solamente puede ser solicitado por el interno, sus familiares, representante legal o cónsul de derechos humanos.