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Visa de cortesía en virtud de convenio o tratado internacional de cooperación

Publicado en: 10 de octubre de 2020
Tiempo de lectura: 2 min
Visa de cortesía en virtud de convenio o tratado internacional de cooperación

Se le concederá la visa de cortesía en virtud de convenio, con vigencia de hasta 2 años y de manera completamente gratuita, al extranjero que ingresa y/o permanece en el territorio nacional en condiciones, calidades o casos contemplados por la ley, o en desarrollo y cumplimiento de convenios o tratados internacionales en vigor de cooperación.

Esta visa concede permiso de trabajo exclusivamente para el desarrollo del convenio o tratado con el cual se otorgue la visa, pero permite realizar libremente gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y creación de empresas.

Requisitos generales para la visa de cortesía en virtud de convenio

Dependerán de si se realiza la solicitud con respaldo o no de una institución, así:

Tener en cuenta:

Requisitos específicos para la visa de cortesía en virtud de convenio

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