¿Las mascotas se consideran bienes en la sociedad conyugal?

Las mascotas se consideran bienes en la sociedad conyugal

Las mascotas son consideradas miembros valiosos de muchas familias, en Colombia hay 3,5 millones de hogares con mascotas y según estadísticas del DANE la tendencia de la población es tener menos hijos y más mascotas. Específicamente, Bogotá, Medellín y Cali, reportaron la mayor tenencia de mascotas. 

Cuando una sociedad conyugal se disuelve, surgen interrogantes sobre cómo se consideran las mascotas y cómo se debe abordar su custodia y repartición. En Colombia, en sentido estricto, los animales son considerados bienes muebles, por lo que en la sociedad conyugal se deben considerar como tales. Según la legislación colombiana, las mascotas son objeto de propiedad y están sujetas a las normas aplicables para la división de bienes al disolver una sociedad conyugal. Específicamente no existe normatividad que prevea que hacer con las mascotas en eventos de separación o divorcios.  

Sin embargo, como lo indica RCN Radio, a raíz de la globalización y evolución de la sociedad, han surgido nuevos tipos de familia, entre estas, la familia Multiespecies, en la que las mascotas adoptan un papel muy relevante, y son tratadas como parte de la misma generando lazos afectivos. Por lo tanto, la normatividad colombiana ha reconocido a los animales como seres sintientes, e incluso en otros ordenamientos se han reconocido como sujetos de derechos.  

Ahora bien, en caso de controversias respecto a las mascotas una vez es disuelta la sociedad conyugal, debería existir un arreglo entre las partes sin que se requiera de la intervención de terceros. Sin embargo, en el país se han presentado casos en lo que se acude a la conciliación para acordar la forma como cada cónyuge contribuirá a su cuidado y tenencia, tal y como lo harían con cualquier otro bien que forma parte de la sociedad conyugal y que no es objeto de división. En estos casos, es posible llevar a cabo la conciliaron ante notarios, defensores de familia, centros de conciliación y algunos consultorios jurídicos de universidades.  

 Algunos doctrinantes como Ballesteros Beltrán, consideran que se podría acudir al pronunciamiento judicial.  

En conclusión

En Colombia existe un vacío legal respecto al manejo que se debe dar a las mascotas una vez se disuelve la sociedad conyugal, pues en un sentido estricto, las mascotas siguen siendo consideradas como bienes y ante la mirada actual que se tiene hacia los animales, es necesario establecer mecanismos para buscar soluciones concretas en eventos de divorcio o separación.  

 

Cibergrafía

https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/como-funciona-la-ley-con-la-custodia-de-las-mascotas-cuando-tiene-lugar-un-divorcio-3203014 

Animales como miembros de la familia, ¿es necesaria una regulación? | Ámbito Jurídico (ambitojuridico.com) 

https://gmhabogados.com.co/separacion-y-mascotas/ 

https://www.rcnradio.com/colombia/si-me-separo-de-mi-pareja-quien-se-queda-con-las-mascotas