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Derecho de Familia

Trámite notarial de divorcio por mutuo acuerdo en Colombia

Publicado en: 27 de abril de 2021
Tiempo de lectura: 8 min
Trámite notarial de divorcio por mutuo acuerdo en Colombia

El trámite notarial de divorcio por mutuo acuerdo, es la manera más práctica y sencilla para dar por terminado el contrato matrimonial. Este tramite se realiza de manera efectiva a partir de un acto de mutuo acuerdo entre la pareja, sin importar que se tengan bienes, deudas o hijos dentro de la sociedad conyugal.

El divorcio por notaría está regulado a través del Decreto 4436 del 28 de noviembre de 2005, mediante el cual se reglamentan los derechos notariales adecuados a seguir a partir de la lectura del artículo 34 de la Ley 962 de 2005.

¿Cuándo aplica el divorcio ante notaría?

Se aplica esta modalidad de terminación del matrimonio y de la sociedad conyugal, cuando las partes llegan a un acuerdo y desean que el trámite sea eficaz, implementando el menor tiempo posible. Este acto requiere de abogado, el cual se reunirá con las partes para que de común acuerdo lleguen a un pacto o arreglo, que posteriormente se legalizará ante un notario, mediante escritura pública.

¿Se necesita abogado para adelantar este trámite?

Sí, el trámite necesariamente debe llevarse a cabo por intermedio de un abogado. Señala el artículo 34 de la Ley 962 de 2005:

“Podrá convenirse ante notario, por mutuo acuerdo de los cónyuges, por intermedio de abogado, mediante escritura pública, la cesación de los efectos civiles de todo matrimonio religioso y el divorcio del matrimonio civil, sin perjuicio de la competencia asignada a los jueces por la ley.

El divorcio y la cesación de los efectos civiles ante notario, producirán los mismos efectos que el decretado judicialmente.”

¿Cuáles son los requisitos?

Requisitos generales:

  1. Registro civil de nacimiento de la pareja que desea el divorcio.
  2. Copia del registro de matrimonio.
  3. Poder que faculte al abogado que adelantará el trámite de divorcio ante el Notario.
  4. Documento o acta de petición de divorcio. Escrito en el cual se manifieste la voluntad de divorciarse.
  5. Acuerdo de divorcio que debe contener:
  • Decisión conjunta de llevar a cabo el trámite de divorcio de matrimonio civil ante notario.
  • Obligaciones alimentarias entre los cónyuges si hay lugar a ello.
  • La manifestación del cónyuge de encontrarse o no en estado de gravidez.

6. Fotocopias de la cédula de ciudadanía de los interesados.

Requisitos cuando hay hijos:

  1. Registro civil de nacimiento de los hijos.
  2. En el caso de haber hijos menores de edad, se deberán acordar el régimen de visitas, la custodia del menor y su alimentación. Este concepto deberá contar con la aprobación del defensor de familia.
  3. Acuerdo acerca de quién será el padre responsable de la custodia y cuidado de los hijos.
  4. Acuerdo de la cuota de alimentos a la que haya lugar y que por ley deberá contemplar la alimentación, educación, recreación, salud y pago de vivienda como arriendos y servicios públicos.
  5. El régimen de visitas que tendrá el padre o madre que no conviva con los hijos menores.
  6. El incremento que tendrá la cuota de alimentos cada año, la cual no deberá ser inferior al IPC decretado por el gobierno nacional anualmente.

Requisitos si hay bienes:

  1. Liquidación de los bienes, elaborado por un perito.
  2. Acuerdo de los cónyuges donde expresan como repartirán los bienes. Es importante que exista un arreglo, pues en caso contrario, si no hay acuerdo el juez será quien decida

Paso a paso trámite notarial de divorcio mutuo acuerdo

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Procedimiento de divorcio notarial sin hijos ni bienes:

  1. Se requiere de un abogado, que una vez se le otorgue el respectivo poder, procederá a estipular junto con las partes el acuerdo de divorcio, y adicionalmente la solicitud de disolución conyugal ante la notaría seleccionada para dicha finalidad.
  2. Se debe validar que se cumpla con todos los requisitos del divorcio por mutuo acuerdo.
  3. Una vez se cumplan la totalidad de los requisitos exigidos por la ley, deberán ser radicados ante una notaría.
  4. La notaría validará el cumplimiento de todos los requisitos, y en el caso de que prosperen, el notario procederá con la formalización de la cesación de los efectos civiles del matrimonio mediante escritura pública.
  5. La notaría procederá a enviar oficios a las notarías o registradurías donde reposa el registro de matrimonio y los registros civiles de los divorciados.

Pasos adicionales en el caso de existir hijos menores:

  1. El abogado procederá a adicionar dentro del acuerdo al que se llegó entre la pareja, los arreglos con respecto a la custodia y el régimen de visitas de los hijos menores.
  2. La notaría se encargará de enviar el acuerdo que se refiere a los hijos al defensor de familia más cercano o alternativamente al Instituto de Bienestar Familiar.

*En este último caso el trámite se demorará 30 días hábiles adicionales, dado que este es el tiempo estipulado por la ley para que aprueben el acuerdo referente a la custodia, cuota de alimentos y régimen de visitas. En el caso que el defensor de familia no apruebe el acuerdo registrado referente a los hijos, el abogado deberá contestar las correcciones solicitadas, ocasionando un retraso adicional. La razón de este proceso adicional es el de velar por los derechos de los menores, los cuales están regulados por el código de infancia y adolescencia.

Pasos adicionales si hay bienes materiales o deudas de por medio:

Cuando la pareja posee bienes o deudas, previamente se debe realizar un proceso adicional de disolución y liquidación de la sociedad conyugal en la Notaría. En dicha liquidación deberá quedar constancia de toda adquisición de activos y pasivos, es decir, bienes y deudas, desde su unión hasta la fecha en que se formaliza el divorcio.

Liquidación de la sociedad conyugal

Según el artículo 180 del Código Civil, junto con las normas del Título XXII del Libro 4º ibídem y junto con la Ley 28 de 1932, se afirma que a raíz del vínculo matrimonial se conforma una sociedad conyugal de bienes, la cual por el mero hecho del divorcio, se encontraría disuelta y en estado de liquidación.

Así mismo, según lo señalado por el artículo 25 numeral 5 de la Ley 1ª de 1976, la sociedad conyugal también podrá ser liquidada de mutuo acuerdo, ya sea en un momento previo, simultaneo o posterior a la solicitud del tramite notarial de o cesación de efectos civiles.

Por lo anterior, el acuerdo de divorcio o cesación de efectos civiles suscrito por los cónyuges ante notaría debe contener, además de los requisitos señalados anteriormente, lo siguiente: en primer lugar, una manifestación clara y expresa sobre la existencia o no de capitulaciones matrimoniales, igualmente deberá contener la relación detallada de los bienes que conforman el activo social así como la descripción del pasivo, y por último, la forma en que los mismos serán repartidos entre los cónyuges.

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Ahora bien, en el caso de que no existan bienes sociales, ni activos ni pasivos, la liquidación de la sociedad conyugal se hará en ceros ($0,00).

En virtud de lo anterior, los derechos notariales que serán causados por la liquidación de la sociedad conyugal en esta condición, es decir, para el caso de la liquidación de sociedad conyugal que se encuentra en ceros, se causarán los derechos notariales aplicables a los actos sin cuantía. Mientras que, por otro lado, cuando hay bienes de por medio, los derechos notariales serán calculados con base en el activo líquido, que corresponde al valor resultante entre el activo menos el pasivo (tarifa del 3 x 1000, según Resolución 11621/2010 de la Superintendencia de Notariado y Registro)

Es pertinente aclarar que si se escoge realizar la liquidación de la sociedad conyugal de forma simultánea con el trámite notarial de divorcio o cesación de efectos civiles, el abogado designado por los cónyuges debe contar con la facultad expresa por parte de estos, para poder llevar a cabo la suscripción de dicha liquidación, pues en el caso contrario, la liquidación conyugal deberá ser suscrita personalmente por los cónyuges que solicitaron el divorcio.

Duración Divorcio Mutuo Acuerdo

El término del trámite notarial de divorcio mutuo acuerdo varía dependiendo de si existen o no hijos y oscila entre 3 a 30 días.

  • Cuando existan hijos menores de edad durante el matrimonio: el límite del término será de 30 días, pues el notario deberá notificar al defensor de familia sobre el procedimiento que se llevará a cabo y aquel tendrá un término de 15 días para emitir su concepto.
  • Por otro lado, cuando no existan hijos en el matrimonio, el plazo límite del trámite serán diez (10) días.

Costos trámite notarial divorcio mutuo acuerdo

El costo del trámite no es exacto pues los gastos y los honorarios varían atendiendo a diferentes factores. Sin embargo, La República dio a conocer algunos casos de divorcio y los costos que podrían llegar a tener en Colombia:

  1. No hay hijos, ni bienes: se debe acudir a la notaría donde se deben pagar dos actos, el primero se trata del divorcio, en el cual queda escriturada la separación, y el segundo es el acto de la liquidación de sociedad conyugal. Cada acto está por un valor aproximado entre los 200.000 y 300.000 pesos, más los honorarios del abogado de los cónyuges.
  2. No hay bienes, pero sí hijos: En este caso, se debe realizar un proceso por alimentos, que puede costar alrededor de cinco salarios mínimos. En este trámite se estipulan las obligaciones de sostenimiento de los menores y se fija una cuota al padre ausente, según el salario que esté devengado en ese momento. A este proceso se le suma los honorarios del abogado, más los actos notariales mencionados en el primer caso.
  3. Hay bienes: Para esta situación, la pareja debe cancelar en la Notaría los derechos notariales consistentes a un porcentaje sobre los bienes declarados en la liquidación, junto con el acto del divorcio. A su vez, el abogado podrá cobrar hasta cinco salarios mínimos legales vigentes, pero en caso de que se trate de sociedades conyugales con un patrimonio superior a los 500 millones de pesos, podrá cobrar 10 SMMLV.
  4. Hay bienes e hijos: Por lo general, este proceso se alarga por liquidación de la sociedad conyugal y por la lucha de la custodia de los menores. Los honorarios de los abogados también aumentan en razón del tiempo que se presta el servicio.

¿El divorcio por vía notarial tiene los mismos efectos que el divorcio adelantado por un juez?

El divorcio adelantado ante notario, como la cesación de los efectos civiles ante notario, producirán los mismos efectos que el que sea decretado por vía judicial. Es la mejor opción para lograr un divorcio eficaz, mediante un proceso rápido que ahorra tiempo y costos a todas las partes involucradas.

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