Visa de padre o hijo de nacional por adopción en Colombia

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Visa de padre o hijo de nacional por adopción

Todo extranjero que esté interesado en permanecer en Colombia y tenga un padre, madre o hijo que es colombiano por adopción, puede solicitar una visa en el país por estas condiciones.

Si este es tu caso, tendrás que solicitar la visa tipo M, la cual tiene una duración de tres años.

Requisitos generales

Existen documentos que se exigen para todas las visas. Estos son:

  1. Pasaporte o documento de viaje vigente. Debe estar en buenas condiciones y con espacio libre para visado.
  2. Copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje. Esto con la finalidad de tener los datos biográficos de la persona.
  3. Si se encuentra en Colombia, deberá demostrar que está en estado migratorio regular en el país y mostrar el último sello de ingreso, de salida o salvoconducto, dependiendo a su caso.
  4. Si se encuentra fuera del territorio colombiano y pretende solicitar la visa en el exterior, tendrá que anexar la copia del documento que compruebe su permanencia regular en ese país.
  5. Fotografía tipo documento reciente de 3x4cm, a color, con fondo blanco y de frente. Debe estar en formato JPG y que pese máximo 300 KB.

Para tener en cuenta:

  • Los documentos deben ser expedidos con una fecha menor a 3 meses al momento de radicar la solicitud. Esto aplica para todos los documentos, excepto los de identidad y de viaje.
  • Los documentos del exterior deberán contar con apostilla o legalización.
  • Los documentos deben contar con traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma. La traducción debe ser apostillada o legalizada.
  • La autoridad de visa podrá requerir información de antecedentes judiciales.

Requisitos específicos

Además de los requisitos generales, para esta visa se requiere:

  1. Copia de la resolución de inscripción o de la carta de naturaleza de la nacionalidad colombiana por adopción de quien el solicitante es el padre, madre o hijo.
  2. Documento que acredite el parentesco, en primer grado de consanguinidad, entre el extranjero que tramita la visa y el nacional colombiano por adopción. Este documento podrá ser la copia auténtica del acta o registro civil de nacimiento. En todo caso, servirá para la acreditación el documento que, de acuerdo con las leyes del país emisor, certifique tal parentesco.
  3. Carta de solicitud de visa firmada por el colombiano por adopción, sea el padre o el hijo. En caso de ser menor de edad, la carta tendrá que estar firmada por las personas que tengan la tutoría o patria potestad.

Checklist de requisitos

Los documentos que debes tener para la presentación de la solicitud son:

Pasaporte original
Copia de la página principal del pasaporte
Documento que demuestre la estancia regular
Fotografía
Fotocopia de la carta de naturaleza o resolución de inscripción
Documento que acredite el parentesco de padre e hijo
Carta de solicitud de visa firmada por colombiano por adopción

Costos

Estos trámites tienen dos tarifas. En primer lugar, se deberá realizar un pago en el instante en el que se hace la solicitud, este es el costo de estudio y puede variar dependiendo al lugar donde se realice el trámite. Si la solicitud se hace desde Europa y Cuba el costo es de €40.00 y si es desde Colombia y el resto del mundo el costo será de US$52.00. En caso de ser nacional ecuatoriano, el costo es de €23.00 si se solicita en Europa y Cuba y de US$30.00 en el resto del mundo. Para los nacionales españoles no tiene costo el estudio de la solicitud.

En segundo lugar, cuando se aprueba la solicitud, se debe cancelar un valor equivalente al costo de expedición de la visa. Si la visa se paga en Europa y Cuba el costo es de €177.00 y si es en Colombia y el resto del mundo es de US$230.00. Para los nacionales de República del Perú que se establezcan en las cuencas de los ríos Amazonas y Putumayo, ecuatorianos, españoles, japoneses y coreanos la expedición de la visa es gratuita.

Visa de padre o hijo de nacional por adopción

Formas de pago

Hay distintas alternativas para realizar el pago:

  1. En oficinas de atención al público, las cuales se pueden localizar en Bogotá y en el exterior en los consulados de Colombia.
  2. En la página web de la cancillería con PSE o tarjetas de crédito VISA y MasterCard
  3. Cajero automático SERVIBANCA ubicado en territorio colombiano.
  4. Sucursales del Banco GNB Sudameris.

Duración del trámite

Para conocer la duración de estos procesos se hace importante conocer sus dos momentos: cuando se realiza la solicitud y cuando se expide la e-visa.

Inicialmente, se radica la solicitud y luego de hacer el pago, la autoridad de visas tiene un término de hasta 5 días hábiles para emitir un concepto. Sin embargo, este tiempo podrá ser hasta de 30 días calendarios cuando se requiera información adicional.

Finalmente, después del pago de la expedición de la visa, la autoridad tiene hasta 3 días hábiles para la expedición y envío de la e-visa.

¿Se puede trabajar con esta visa?

A las personas que se les otorga la visa tipo M por ser padre o hijo de un nacional colombiano por adopción, tienen permiso para trabajar y realizar todo tipo de actividades lícitas dentro del territorio colombiano.

Para tener en cuenta

Una vez que tengas la visa tipo M y decidas estar de forma indefinida en Colombia y establecer tu domicilio aquí, podrás solicitar la visa de Residente o tipo R.

Si te interesa realizar la solicitud de la visa tipo R por ser padre o hijo de un nacional colombiano por adopción, ten presente que para acceder a esta se requiere haber permanecido en el país como titular de la visa tipo M y de manera continua e ininterrumpida por 2 años.

Abogados Especializados en trámite de visa de padre o hijo de nacional por adopción

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