Visa tipo V trámites administrativos o judiciales, la pueden solicitar, quienes deban ingresar al país para llevar a cabo trámites de esta índole.
Tendrá vigencia de hasta 2 años y no concede permiso de trabajo, pero permitirá realizar gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y creación de empresas.
Requisitos generales para solicitud de Visa tipo V trámites administrativos o judiciales
Dependerán de si se realiza la solicitud con respaldo o no de una institución, así:
Solicitud personal o con respaldo de persona natural: Comunicación escrita del solicitante y/o persona natural que respalde la solicitud con:
- Identificación plena del solicitante y/o de la persona natural
- Explicación sucinta de la relación o vínculo entre el extranjero y la persona natural, en caso de haberla.
- Explicación detallada de la actividad que el extranjero se propone realizar en territorio nacional.
- Declaración de la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero.
- Acreditación de liquidez del solicitante y/o de la persona natural mediante los extractos bancarios correspondientes a los 6 meses previos a la solicitud.
Solicitud con respaldo institucional: Comunicación escrita suscrita por el representante legal de la persona jurídica que contenga:
- Identificación plena de la persona jurídica y datos de contacto.
- Identificación completa del extranjero.
- Explicación detallada de la actividad que el extranjero se propone realizar en territorio nacional.
- Explicación de la relación o vínculo con el extranjero y de la especial cualificación o experticia del mismo, en caso de haberla.
- Declaración de la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero.
- Acreditación de liquidez de la persona jurídica mediante los extractos bancarios correspondientes a los 6 meses previos a la solicitud, salvo que se trate de una entidad pública.
- Certificado de existencia y representación o documento equivalente en caso de que la persona jurídica que respalda la solicitud sea privada y constituida en el extranjero
Tener en cuenta:
- Los documentos (salvo los de identidad y viaje) deben haber sido expedidos con máximo 3 meses de anterioridad a la solicitud
- Los documentos del exterior deben haber sido legalizados o apostillados
- Si los documentos están en un idioma distinto al español, deben contar con traducción oficial legalizada o apostillada.
- La Cancillería de Colombia podrá requerir información de antecedentes judiciales.
Requisitos específicos
Acreditar la necesidad del trámite que se realizará y la entidad ante la cual se hará.
Costos para solicitud de Visa tipo V trámites administrativos o judiciales
Se deben realizar dos pagos:
1. Al momento de realizar la solicitud, para el estudio:
- Si la solicitud se hace desde Europa o Cuba, el costo es de €40
- Solicitud se hace desde Colombia y el resto del mundo, el costo es de €52
- Tramite hecho por un nacional ecuatoriano, desde Europa o Cuba, el costo es de €23
- Nacional ecuatoriano, desde Colombia o el resto del mundo, el costo es de US$30
- La solicitud la hace un nacional español, no tiene costo
2. Al momento de aprobación de la visa, para su expedición:
- Si la solicitud se hace desde Europa o Cuba, el costo es de €131
- Solicitud se hace desde Colombia y el resto del mundo, el costo es de $170
- La solicitud la hace un nacional peruano para establecerse en las cuencas de los ríos Amazonas y Putumayo, un nacional ecuatoriano, español, japonés o coreano, no tiene costo
Abogados Expertos en Visas Colombia
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