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Derecho Migratorio

¿Es posible solicitar el NIE y el NIF español desde Colombia?

Publicado en: 31 de enero de 2022
Tiempo de lectura: 4 min
¿Es posible solicitar el NIE y el NIF español desde Colombia?

Solicitar NIE y NIF Español

El NIF y el NIE son documentos de identificación para personas físicas o jurídicas. Vamos a ver qué son y responder si es posible adquirirlos desde Colombia.

​El N.I.E. (Número de Identidad de Extranjeros) es el documento personal, intransferible, único y secuencial o consecutivo que se expide con tal fin de brindar identificación de forma inequívoca a personas extranjeras, que residen en España que se relacionen con España por intereses económicos, profesionales o sociales, esto en concordancia con lo estipulado en el artículo 206 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 557/2011.

El NIF, por otro lado, es un documento indispensable para aquellas personas que necesiten realizar cualquier operación con trascendencia jurídica en España, N.I.F. es el Número de Identificación Fiscal, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, este además sirve como identificación de la que deben disponer las personas físicas o jurídicas para tributar, siendo indispensable si se desea operar a nivel empresarial, incluso para emitir y recibir facturas.

EL NIE #1 Número de Identidad de Extranjeros

Con este número, el ciudadano extranjero puede efectuar diversos trámites ante la Agencia Tributaria de España, así como ante otras entidades de Gobierno, Notarías, Juzgados, Bancos, Universidades y Empresas, entre otros. (Firmar contratos laborales, cursar estudios, abrir cuentas bancarias, comprar bienes y servicios, recibir herencias y pensiones, etc.)

El NIE sirve también como Número de Identificación Fiscal (N.I.F) para temas tributarios de los extranjeros en España.

La asignación de NIE acepta las siguientes solicitudes:

  • Las presentadas en España personalmente por el interesado.
  • Las presentadas en España a través de representante.
  • Las que se presenten en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante

Consecuentemente, los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o sociales podrán solicitar personalmente el NIE a la Dirección General de la Policía, directamente o a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior, dependiendo exclusivamente si se está residiendo en España o en el exterior.

Es decir, podrán tramitar el N.I.E. los ciudadanos colombianos no residentes en España, que necesiten realizar algunos trámites puntuales sin la necesidad de encontrarse en España, a través del Consulado General de España en Bogotá.

  1. Impreso de solicitud EX-15 debidamente rellenado (digitalmente, no a mano) y firmado.
  2. Pasaporte. Original y Fotocopia de la hoja de datos personales.
  3. Escrito redactado y firmado por el interesado, en el que se expliquen brevemente las razones de índole económica, profesional o social que le han llevado a solicitar un N.I.E. Dicho escrito deberá ir acompañado de la comunicación del organismo español que requiere el N.I.E. al interesado.
  4. Arancel. el cual se deberá pagar EN EFECTIVO directamente en el consulado, el cual por asignación NIE (Número de Identidad de Extranjero) se encuentra en $43.300 COP para el 2022.
  5. Por último, no olvide pedir cita previa

Este trámite se debe hacer de manera personal, o a través de representante debidamente acreditado mediante poder en notaria elevado a escritura pública y apostillado.

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NIF – Número de Identificación Fiscal

El NIF también es posible adquirirlo mediante consulado, esto en el marco del acuerdo de colaboración mutua existente entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación suscrito en aras de la simplificación administrativa, de la reducción de cargas y de la mejora de las relaciones de nuestro país con personas y entidades no residentes, se estableció el procedimiento electrónico para tramitar la solicitud y asignación del NIF de personas y entidades, a través de las Oficinas Consulares de España en el país de residencia del titular.

Esta medida incluye los NIF de los solicitantes tipo ‘L’ (españoles residentes en el extranjero que no estén obligados a contar con un Documento Nacional de Identidad); tipo ‘M’ (personas físicas sin nacionalidad española que no dispongan del Número de Identidad de Extranjero) y tipo ‘N’ (personas jurídicas y entidades no residentes, sin establecimiento permanente en España).

En el Consulado General de España en Bogotá se podrá tramitar su obtención, presentando:

  • Impreso del modelo 030que se deberá rellenar en su totalidad.
  • En caso de que la solicitud sea presentada por medio de representante, documentación acreditativa de la representación, es decir, poder ante notario español o poder notarial extranjero debidamente apostillado.
  • Adjunta una copia compulsada del documento que lo identifique.
  • Documento que acredite su residencia en la circunscripción consular correspondiente a la Oficina Consular ante la que presenten la solicitud

Finalmente, el número de Identificación Fiscal se entrega al interesado a través de este Consulado General.

En conclusión, podemos afirmar que ambos procesos, de tan gran importancia no requieren de realizar un viaje a España, sino que pueden realizarse desde Colombia, ahorrándonos así tiempo y dinero.

Cibergrafía:

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BOGOTA/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/N%C3%BAmero-de-Identidad-de-Extranjeros-%28N.I.E.%29.aspx

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