Insolvencia de persona natural no comerciante en Colombia

¿Qué es la Insolvencia de Persona Natural No Comerciante?
¿Qué es la Insolvencia de Persona Natural No Comerciante?
La estabilidad económica de las personas puede variar a lo largo de su vida: hay periodos de bienestar y otros de escasez de recursos. Estos periodos de inestabilidad económica pueden causar endeudamiento, llevando a la persona a adquirir más deudas para intentar solucionar otras, causando un quiebre en su patrimonio y finanzas.
Es por esto que surge la insolvencia de persona natural no comerciante en Colombia, un mecanismo que busca ayudar a los colombianos de buena fe a lograr un acuerdo con sus acreedores para reestructurar y saldar sus deudas. A continuación, se explica en detalle qué es la insolvencia de persona natural no comerciante, quiénes pueden acceder a ella y sus beneficios.
¿Qué permite realizar la insolvencia de persona natural no comerciante?
Este mecanismo permite a la persona natural no comerciante:
- Negociar sus deudas con diferentes acreedores para normalizar su vida crediticia.
- Convalidar acuerdos privados alcanzados con sus acreedores.
- Liquidar su patrimonio.
Este mecanismo está diseñado para personas que, aunque carecen de recursos económicos, demuestran interés en organizar su vida crediticia.
¿Quiénes pueden acceder a la insolvencia de persona natural no comerciante?
Para acceder a este mecanismo, la persona debe cumplir con uno de los siguientes requisitos:
- Contar con dos o más deudas u obligaciones con diferentes entidades u otras personas naturales con una moratoria de más de 90 días.
- Tener dos o más procesos ejecutivos o de cobro en su contra.
En ambos casos, las deudas deben representar menos del 50% del total del pasivo a cargo. Este mecanismo se encuentra en el Código General del Proceso, Título IV, y según el artículo 532 solo aplica a personas naturales no comerciantes. Las personas no comerciantes que formen parte de grupos financieros o sean controladoras en sociedades mercantiles, estarán sujetas al régimen de insolvencia empresarial de la Ley 1116 de 2006. Las actividades económicas consideradas mercantiles están definidas en el artículo 20 del Código de Comercio Colombiano.
¿Qué se puede negociar en una insolvencia de persona natural no comerciante?
Se pueden negociar deudas provenientes de:
- Créditos hipotecarios, prendarios, de libre inversión y cuotas de tarjetas de crédito.
- Deudas con entidades públicas y privadas, incluyendo impuestos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
- Arriendos, servicios públicos atrasados, cuotas de vehículos o almacenes con crédito.
- Cuentas y pagos atrasados con cooperativas, colegios o universidades.
Beneficios de la Insolvencia de Persona Natural No Comerciante
Este mecanismo no fomenta el endeudamiento, sino que ayuda a reorganizar la vida crediticia, ofreciendo un respiro y una negociación justa con los acreedores. Al lograr un acuerdo:
- Se suspenden los procesos judiciales contra el deudor.
- Se impide el cobro de impuestos, intereses y embargos.
- Se evita que los acreedores inicien nuevos procesos ejecutivos.
El plazo de pago no debe superar los 5 años, excepto en créditos hipotecarios, donde se pueden pactar plazos más largos según el acuerdo. En resumen, la insolvencia de persona natural no comerciante es una herramienta para afrontar crisis económicas, permitiendo pagar deudas en plazos y cuotas ajustadas a las posibilidades del deudor. Para mayor información, contacta a Servicio Legal, expertos en Derecho de Familia y Derecho Civil.
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