Visa de cónyuge en Colombia 2025: requisitos, carta modelo y tiempos

La visa de cónyuge en Colombia 2025 (tipo M) permite a extranjeros casados con ciudadanos colombianos o con unión marital de hecho residir y trabajar legalmente en Colombia. En esta guía encontrarás requisitos actualizados, paso a paso, errores frecuentes, una carta modelo y tiempos de aprobación.
Requisitos 2025
- Vínculo con colombiano(a):
- Matrimonio en Colombia: Registro Civil colombiano (copia auténtica, expedida hace menos de 3 meses).
- Matrimonio en el exterior: acta apostillada/legalizada y traducida → inscripción en Colombia (consulado, registraduría o notaría) → copia auténtica del Registro Civil colombiano (< 3 meses).
- Unión marital de hecho: escritura pública, acta notarial o providencia judicial (vigencia < 3 meses y antigüedad mínima de 1 año).
- Identificación: pasaporte vigente (mínimo 6 meses). Si aplica, cédula de extranjería.
- Solicitud en línea: formulario, foto, carta de motivación y pago de tasa de estudio.
- Antecedentes: penales/policiales del país de residencia reciente (apostillados/legalizados y traducidos).
- Medios de vida: extractos bancarios, contratos o certificaciones.
- Seguro médico: cobertura en Colombia durante la vigencia de la visa.
- Beneficiarios: hijos con actas de nacimiento apostilladas y autorizaciones correspondientes.
Paso a paso
- Reúne documentos (apostillas, traducciones y PDFs legibles).
- Radica la solicitud en línea y paga la tasa de estudio.
- Atiende requerimientos si los solicitan.
- Con la aprobación, paga la tasa de expedición.
- Recibe tu e-visa por correo electrónico.
- Registra la visa y tramita la cédula de extranjería dentro de 15 días hábiles (desde la expedición o desde tu ingreso).
Validez, derechos y renovaciones
- Tipo: M (Migrante).
- Vigencia: usualmente 1–3 años (criterio de la autoridad).
- Trabajo: habilita para trabajar en Colombia.
- Ausencias: evita salir más de 6 meses consecutivos.
- Camino a residente: el tiempo con visa M puede acumular para la visa R.
Errores frecuentes
- Presentar acta extranjera sin inscripción en Colombia (rechazo).
- Falta de apostilla/legalización o traducción oficial.
- Soportes económicos débiles o inconsistentes.
- No registrar la visa ni pedir cédula de extranjería en plazo.
- Incongruencias entre formularios y documentos.
Carta modelo de soporte
[Ciudad], [Fecha]
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia
Asunto: Soporte de solicitud de visa de cónyuge (Tipo M)
Yo, [NOMBRE DEL/DE LA COLOMBIANO(A)], CC [NÚMERO], declaro que contraje matrimonio con [NOMBRE DEL EXTRANJERO], pasaporte [NÚMERO], el día [FECHA], según acta No. [NÚMERO], inscrita en [ENTIDAD/NOTARÍA/PAÍS].
Actualmente convivimos en [DIRECCIÓN COMPLETA]. Anexamos evidencias de nuestra relación: [listado breve]. Cuento con [ingresos/contrato] que soportan nuestra subsistencia en Colombia.
Solicito muy respetuosamente se otorgue la visa de cónyuge a [NOMBRE DEL EXTRANJERO].
Firma,
[NOMBRE], CC [NÚMERO], Tel. [ ], Email [ ]
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿La unión de hecho sirve?
Sí. Con escritura/acta/providencia (vigencia ≤ 3 meses) y antigüedad ≥ 1 año.
¿Debo registrar el matrimonio extranjero en Colombia?
Sí. Para la visa M de cónyuge se exige Registro Civil de Matrimonio colombiano. El acta extranjera solo sirve para inscribirla en Colombia y obtener ese registro.
¿Puedo trabajar con esta visa?
Sí, la visa M cónyuge autoriza trabajo en Colombia.
¿Cuándo debo tramitar la cédula de extranjería?
Dentro de 15 días hábiles desde la expedición de la visa o tu ingreso al país.
¿Cuánto demora la aprobación?
De días a semanas, según el caso y requerimientos.
Mini-tutorial: registrar un matrimonio extranjero en Colombia
1) Documentos
- Acta de matrimonio original.
- Apostilla/legalización y traducción oficial (si no está en español).
- Identificaciones de ambos.
- Registro civil de nacimiento del cónyuge colombiano.
2) Dónde inscribir
- Consulado de Colombia en el exterior.
- Registraduría Nacional del Estado Civil.
- Notarías con función registral.
3) Trámite
- Presenta los documentos.
- Solicita inscripción en el Registro Civil colombiano.
- Obtén copia auténtica (válida ≤ 3 meses).
Conclusión
La visa de cónyuge es una vía sólida para vivir y trabajar en Colombia.
Si tu matrimonio fue en el exterior, inscribe primero y luego solicita la visa con el Registro Civil colombiano.
¿Listo para iniciar? Contáctanos para una evaluación y acompañamiento de principio a fin.
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