Visa de Nómada Digital o Residencia por Teletrabajo en España
Publicado en: 12 de mayo de 2023
|
Tiempo de lectura: 2 min

La Visa de Nómada Digital permite a extranjeros trabajar a distancia para empresas ubicadas fuera de España mediante medios informáticos o telemáticos.
- Sólo se puede prestar servicios para empresas extranjeras en régimen de dependencia.
- Hasta un 20 % de la actividad puede realizarse para clientes o empresas españolas como autónomo.
- Requisito académico o profesional: mínimo 3 años de experiencia o título universitario/grado o posgrado acreditado.
Los siguientes familiares del teletrabajador también son elegibles:
- Cónyuge o pareja de hecho
- Hijos menores y mayores dependientes que no formen unidad familiar independiente
- Ascendientes a cargo
Para tramitarla es necesario solicitar el NIE simultáneamente:
Cómo solicitar NIE y NIF desde Colombia
Documentación general (teletrabajador y familia)
- Formulario de solicitud de visado nacional, cumplimentado.
- Una fotografía tamaño pasaporte.
- Pasaporte vigente y en vigor.
- Certificado de antecedentes penales.
- Justificante de residencia (renting, empadronamiento, etc.).
- Documento que acredite la identidad y capacidad del representante, si corresponde.
- Comprobante de pago de la tasa consular.
- Seguro de salud con cobertura en España.
Requisitos específicos del teletrabajador
- Carta o certificado de la empresa para la que trabaja.
- Certificado del Registro Mercantil de la empresa.
- Declaración responsable de obligaciones en seguridad social.
- Alta de la empresa en la Seguridad Social española y afiliación del trabajador por cuenta ajena.
- Alta en el RETA para autónomos, si procede.
- Prueba de recursos económicos suficientes.
- Títulos académicos o certificados de experiencia; homologación para profesiones reguladas.
Requisitos específicos de los familiares
- Documentos que acrediten el parentesco (certificado de matrimonio, libro de familia, etc.).
- Pruebas de dependencia económica y estado civil de hijos mayores de edad.
- Documentos que acrediten la dependencia de ascendientes.
Procedimiento de solicitud
- Solicitar cita online en el Consulado de España en Bogotá.
- Presentarse en la fecha asignada con toda la documentación.
- Esperar la resolución (aprox. 1 mes).
Apelaciones
- Recurso de reposición: 1 mes desde la notificación de denegación, ante la oficina consular.
- Recurso contencioso-administrativo: 2 meses desde la notificación de la resolución del recurso de reposición, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Vigencia
El visado es válido por 1 año y puede prorrogarse conforme a la normativa.
Artículos recomendados
¿Deseas asesoría?
Diligencia el siguiente formulario y te contactaremos
- Teléfono:300 388 4986
- WhatsApp:Haz clic para iniciar tu chat de WhatsApp