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Visa de Nómada Digital o Residencia por Teletrabajo en España

Publicado en: 12 de mayo de 2023
Tiempo de lectura: 2 min
Visa de Nómada Digital o Residencia por Teletrabajo en España

La Visa de Nómada Digital permite a extranjeros trabajar a distancia para empresas ubicadas fuera de España mediante medios informáticos o telemáticos.

  • Sólo se puede prestar servicios para empresas extranjeras en régimen de dependencia.
  • Hasta un 20 % de la actividad puede realizarse para clientes o empresas españolas como autónomo.
  • Requisito académico o profesional: mínimo 3 años de experiencia o título universitario/grado o posgrado acreditado.

Los siguientes familiares del teletrabajador también son elegibles:

  • Cónyuge o pareja de hecho
  • Hijos menores y mayores dependientes que no formen unidad familiar independiente
  • Ascendientes a cargo

Para tramitarla es necesario solicitar el NIE simultáneamente:
Cómo solicitar NIE y NIF desde Colombia

Documentación general (teletrabajador y familia)

  • Formulario de solicitud de visado nacional, cumplimentado.
  • Una fotografía tamaño pasaporte.
  • Pasaporte vigente y en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Justificante de residencia (renting, empadronamiento, etc.).
  • Documento que acredite la identidad y capacidad del representante, si corresponde.
  • Comprobante de pago de la tasa consular.
  • Seguro de salud con cobertura en España.

Requisitos específicos del teletrabajador

  • Carta o certificado de la empresa para la que trabaja.
  • Certificado del Registro Mercantil de la empresa.
  • Declaración responsable de obligaciones en seguridad social.
  • Alta de la empresa en la Seguridad Social española y afiliación del trabajador por cuenta ajena.
  • Alta en el RETA para autónomos, si procede.
  • Prueba de recursos económicos suficientes.
  • Títulos académicos o certificados de experiencia; homologación para profesiones reguladas.

Requisitos específicos de los familiares

  • Documentos que acrediten el parentesco (certificado de matrimonio, libro de familia, etc.).
  • Pruebas de dependencia económica y estado civil de hijos mayores de edad.
  • Documentos que acrediten la dependencia de ascendientes.

Procedimiento de solicitud

  1. Solicitar cita online en el Consulado de España en Bogotá.
  2. Presentarse en la fecha asignada con toda la documentación.
  3. Esperar la resolución (aprox. 1 mes).

Apelaciones

  • Recurso de reposición: 1 mes desde la notificación de denegación, ante la oficina consular.
  • Recurso contencioso-administrativo: 2 meses desde la notificación de la resolución del recurso de reposición, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Vigencia

El visado es válido por 1 año y puede prorrogarse conforme a la normativa.

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