¿Qué es una conciliación en Colombia?

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Sabemos que la vida no siempre es tranquila, pueden ocurrir conflictos entre personas y que su resolución puede ser sencilla, pero se requiere de dialogo y mediación. Para estos casos, en Colombia se creo la conciliación, un mecanismo para resolver conflictos; a continuación, te explicaremos de que se trata y como puedes acceder a ella.

¿Qué es la conciliación?

La conciliación es un mecanismo alternativo de resolución de problemas, que permite a dos o más personas, ya sean naturales o jurídicas, resolver sus problemas mediante el dialogo, ayudadas y mediadas por un tercero neutral, al que llamaremos conciliador, que guiará la sesión y propondrá soluciones que favorezcan a ambas partes. La conciliación busca solucionar el conflicto sin necesidad de usar otros mecanismos que pueden ser más costoso, más lentos en procedimiento y que ofrezcan soluciones a largo plazo.

Si se llega a dar una resolución al conflicto, se debe plasmar en un acta, donde se consignen las tareas que se deben realizar la cual debe ser firmada por las partes y el conciliador. Si se llegará a incumplir las tareas plasmadas en el acta, se puede castigar a la parte que la incumpla.

Entre los beneficios de la conciliación se encuentra:

  • Evita el agravamiento del conflicto.
  • Efectividad de la justicia.
  • Resolución pacífica de los problemas.
  • Pone a la mano del ciudadano la justicia.
  • Descongestiona los despachos legales.
  • Es un mecanismo económico y que invierte poco tiempo.

¿Quién puede ser un conciliador?

El conciliador debe ser una persona que tenga conocimientos de derecho, debe ser neutral y que conozca sobre el conflicto mas que no esté involucrada en él, esto con el objetivo de ser lo más objetivo durante la conciliación y que ofrezca la mejor solución que beneficie a ambas partes.

Un conciliador no podrá obtener este estatus de nuevo bajo el mismo tema con los mismos clientes, esto asegurará la imparcialidad del tercero en el tema. La información de lo ocurrido en la conciliación no podrá filtrarse, de modo tal, que esto es algo sumamente confidencial.

¿Cómo se realiza una solicitud de conciliación?

En primer lugar, cualquier persona, Sea natural o jurídica, puede solicitar una conciliación, cuando surge un problema que lo afecte directa o indirectamente. La persona debe ir a un centro de conciliación y expresar su caso para luego realizar una solicitud, la cual debe tener:

  • Fecha, ciudad y operador de la conciliación al que se le hace la petición.
  • Identificación del solicitante y del citado.
  • Nombras los motivos por el cual se desea realizar la conciliación.
  • Pruebas o documentos importantes que relacionen el conflicto.
  • Lugar, fecha y hora en la cual se realizará la conciliación.
  • Firma de los solicitantes.

Cuando se tiene esta solicitud, se debe entregar una copia a la otra parte implicada, la cual debe aceptar y asistir al encuentro. La asistencia es obligatoria, de no poder realizarse en esa fecha, se debe informar con anterioridad para poder reasignar la cita.

¿En dónde se puede realizar este proceso?

En Centros de conciliación. En Colombia hay un total de 388. Están ubicados en 28 departamentos y 85 ciudades. Estos centros de conciliación están ubicados en los consultorios jurídicos de las universidades. También existen centros de conciliación privados, los cuales, podrán cobrar por ofrecer sus servicios.

En algunos asuntos, como en lo contencioso administrativo (es decir; cuándo una de las partes pertenezca a esta jurisdicción) o en algunos asuntos laborales, será un requisito de procedibilidad realizar una conciliación. Los requisitos de procedibilidad son habilitantes para poder llevar a cabo una demanda ante la jurisdicción correspondiente.

Resultados de una audiencia de conciliación

Acuerdo total: es cuando las partes aceptan por completo las pretensiones del otro.

Acuerdo Parcial: Las partes se ponen de acuerdo en algunas de las pretensiones pero en otras no, en ese caso el Conciliador deberá de especificar esto en su acta.

Imposibilidad de acuerdo: Si las partes no se ponen de acuerdo en ningún punto de las pretensiones.

Inasistencia: Es posible que una de las partes no se haya presentado a la conciliación, en ese caso, la parte faltante tendrá tres días para poder entregar sus excusas al conciliador, de otro modo dejará presente en el acta su injustificación de falta.

¿Qué no se puede conciliar?

Según el Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia, los siguientes temas no pueden ser casos para una conciliación:

  • De familia:Patria potestad, adopción, divorcio, cesación de efectos civiles y nulidad del matrimonio.
  • Penales:Delitos no querellables y con pena privativa de la libertad, violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria.
  • De tránsito:Personas con lesiones cuya incapacidad sea superior a 60 días y muerte en accidente de tránsito.
  • Civiles:Cambios del estado civil de una persona.
  • Comercio:Insolvencia económica de persona natural no comerciante, insolvencia empresarial, cobros coactivos y de tipo sancionatorio contra comerciantes o empresas.
  • De arrendamiento: Arrendamiento de bienes públicos.
  • Agrarios:Unidad agrícola familiar y uso del suelo.
  • Ambientales:Contaminación, talas y quemas en bosques, delitos ambientales.
  • Policivos: Multas y sanciones.
  • Administrativos:Conflictos entre particulares y entidades publicas.

Como ves, existen mecanismo pacíficos que disponen los colombianos para resolver sus conflicto y mejorar la convivencia en ciudadanía, si tienes problemas y deseas iniciar una conciliación, en servicio legal estamos para ayudarte, visita nuestro sitio web si deseas saber más sobre este y nuestros demás servicios en materia legal.

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