El matrimonio es un acto que une a dos personas que se aman, que desean compartir el resto de sus vidas juntos, pero, cuando hablamos de matrimonio civil, estamos hablando de esta misma unión, la cual les brinda unos derechos, deberes y obligaciones a las parejas.
Es muy importante que sepas que, antes de empezar con todos los preparativos, decoraciones, lugar de recepción, comida, bebidas y demás; los futuros esposos deben reunir una serie de documentos que les permitirá celebrar el matrimonio civil en Colombia
Si como pareja ya tomaron la decisión de casarse, y quieren saber qué requisitos deben cumplir para realizar un matrimonio civil en Colombia, continúa leyendo este blog.
Algunas consideraciones previas
La situación de cada pareja es diferente, el estado lo sabe, es por esto que, dependiendo del caso, las parejas requieren reunir y entregar una serie de documentos puntuales que los certifique aptos para casarse.
También, es una buena solución llamar a una notaria y preguntar sobre todos los documentos y requisitos que debas presentar, de esta forma te puedes ahorrar uno que otro dolor de cabeza.
Ahora bien, en este artículo queremos aprovechar para compartirles cuales son los documentos que se requieren presentar para que una pareja pueda realizar su matrimonio civil en Colombia.
Requisitos para las parejas primerizas
Lo básico para que dos personas puedan realizar su matrimonio civil en Colombia, es que lo hagan de forma libre, consciente y sin ningún tipo de presión u obligación.
Para esto las personas que van a contraer matrimonio deben llevar los siguientes documentos ante el notario:
- Registro civil de nacimiento ambas personas debidamente autenticado (la autenticación no debe superar los 90 días).
- Copia de la cédula de ciudadanía de ambas partas.
- Presentar la solicitud de matrimonio personalmente.
Todos estos documentos los deben entregar las personas de forma personal, si alguna de las partes no puede entregarlos, puede enviarlos con un tercero mediante un apoderamiento.
Requisitos para parejas menores de edad
El amor no tiene límite de edad, y esto lo respalda el artículo 117 del Código Civil Colombiano, el cual expresa que:
Los menores de la edad expresada no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres legítimos o naturales. Si alguno de ellos hubiere muerto, o se hallare impedido para conceder este permiso, bastará el consentimiento del otro; y estando discordes, prevalecerá en todo caso la voluntad del padre.
En los mismos términos de este artículo, se necesita del consentimiento del padre y de la madre adoptantes para el matrimonio del hijo adoptivo, menor de veintiún* años, o de la hija adoptiva, menor de diez y ocho.
Así que, si se es menor de edad (entre los 14 y los 17) y se desea casar con su pareja, se debe contar con un permiso por escrito de los padres, los cuales aprueben la unión y den permiso de realizar el matrimonio civil en Colombia.
Requisito para parejas con hijos menores de edad de una unión anterior
Si alguno de los novios tiene hijos resultado de una relación anterior, además de presentar sus certificados de nacimiento y cedulas de ciudadanía, se requiere presentar adicional:
- Registro civil de nacimiento de los hijos menores de edad.
- Inventario solemne de bienes.
El inventario solemne de bienes, es un procedimiento que busca proteger el patrimonio de los menores de edad. Este documento se pide para las personas que quieren contraer matrimonio por segunda vez, lo cual les permite administrar los bienes del hijo menor de edad del anterior matrimonio.
Este documento se puede solicitar ante un juez de familia, el cual asignara a un curador encargado de identificar los bines del hijo menor de edad y realizar el inventario.
Requisitos para parejas con hijos en común
Existen casos en los que las parejas primero tienen hijos y luego deciden casarse. Si este es tu caso, debes presentar los siguientes documentos al notario.
- Registro civil de nacimiento de ambas personas debidamente autenticado (la autenticación no debe superar los 90 días).
- Copia de la cédula de ciudadanía de ambas partas.
- Copia autenticada del registro de nacimiento de los hijos, sin importar su edad, para poder realizar la legitimación correspondiente.
Requisito para parejas que se casan por segunda vez
Puede que las cosas no funcionen, pero, todos podemos tener una segunda oportunidad. Si te vas a volver a contraer matrimonio civil en Colombia, debes presentar los siguientes documentos:
- Registro civil de nacimiento de ambas personas debidamente autenticado (la autenticación no debe superar los 90 días).
- Copia de la cédula de ciudadanía de ambas partas.
- Registro civil del matrimonio anterior con nota la nota de cesación de matrimonio, de la persona divorciada.
- Disolución y liquidación de la sociedad conyugal de la persona divorciada.
Si la persona que se quiere casar viuda o viudo, debe presentar también re registro de defunción del cónyuge.
Requisito para parejas que se casan por segunda vez con hijos menores
Si quieres volver a casarte, pero, tienes hijos menores de edad de tu anterior relación, debes presentar los siguientes documentos:
- Registro civil de nacimiento de ambas personas debidamente autenticado (la autenticación no debe superar los 90 días).
- Copia de la cédula de ciudadanía de ambas partas.
- Registro civil del matrimonio anterior con nota la nota de cesación de matrimonio, de la persona divorciada.
- Disolución y liquidación de la sociedad conyugal de la persona divorciada.
- Registro de nacimiento de los hijos menores de edad.
- Inventario solemne de bienes.
Si los hijos que se tuvieron de la anterior relación son mayores de edad, solo debes presentar su registro de nacimiento, no se necesita el inventario solemne de bienes.
Requisito para parejas extranjeras
El amor tampoco tiene fronteras, y si quieres formalizar tu matrimonio civil en Colombia con una pareja del extranjero debes presentar los siguientes documentos:
- Registro civil de nacimiento del novio o novia colombiano/a debidamente autenticado (la autenticación no debe superar los 30 días).
- Cédula de ciudadanía del novio o novia colombiano/a.
- Registro civil de nacimiento del novio o novia extranjero, apostillado y original (si la lengua materna de novio o novia extranjero no es el español, debe estar debidamente traducido).
- Certificado de soltería de ambos novios.
- Visa o permiso de ingreso a Colombia del novio o novia extranjero.
- Pasaporte o cédula de extranjería del novio o novia extranjero.
Si el novio o novia extranjero, está divorciado debe presentar la sentencia de divorcio apostillada, y traducida si no se encuentra en el idioma español. Debe tener presente que los documentos requeridos para el novio o novia extranjero no deben tener una fecha de expedición mayor a 90 días.
Matrimonio civil igualitario en Colombia
A partir del 26 de abril del 2016, las personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ, pueden contraer matrimonio civil en Colombia. Este hecho convirtió a Colombia como el 4to país de Latino América donde las parejas LGBTIQ pueden contraer matrimonio civil.
La ley también declaró que, todas las notarías del país están habilitadas para recibir las solicitudes de matrimonio de esta comunidad, y están en su obligación para aceptarlas, si llegara a suceder algún rechazo, puede accederse a una acción de tutela.
Las parejas de la comunidad LGBTIQ que quieran contraer matrimonio civil en Colombia, deben presentar los mismos documentos que las parejas heterosexuales, así que, estas parejas también deben ver su caso, y presentar los documentos requeridos que en este blog presentamos.
Si tienes alguna otra duda acerca del matrimonio civil en Colombia, en Servicio Legal podemos ayudarte. Solo tienes que contactarte con nosotros a través de nuestro sitio web haciendo clic aquí.