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Derecho Migratorio

Visa de cónyuge o compañero permanente en Colombia

Publicado en: 28 de abril de 2021
Tiempo de lectura: 5 min
Visa de cónyuge o compañero permanente en Colombia

La visa de cónyuge o compañero permanente en Colombia, clasificada como visa tipo M, es la que necesitas si eres extranjero y tienes un vínculo conyugal con un nacional colombiano. Esta visa tiene una duración de tres años.

Requisitos generales

Existen documentos que se exigen para todas las visas. Estos son:

  1. Pasaporte o documento de viaje vigente. Debe estar en buenas condiciones y con espacio libre para visado.
  2. Copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje. Esto con la finalidad de tener los datos biográficos de la persona.
  3. Si está en Colombia, tendrá que probar que se encuentra en estado migratorio regular en el país y mostrar el último sello de ingreso, de salida o salvoconducto, dependiendo a su caso. Si se encuentra fuera del territorio colombiano y pretende solicitar la visa en el exterior, tendrá que anexar la copia del documento que compruebe su permanencia regular en ese país.
  4. Fotografía tipo documento reciente de 3x4cm, a color, con fondo blanco y de frente. Debe estar en formato JPG y que pese máximo 300 KB.

Para tener en cuenta:

  • Los documentos deben ser expedidos con una fecha menor a 3 meses al momento de radicar la solicitud. Esto aplica para todos los documentos, excepto los de identidad y de viaje.
  • Los documentos del exterior deberán contar con apostilla o legalización.
  • Los documentos deben contar con traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma. La traducción debe ser apostillada o legalizada.
  • La autoridad de visa podrá requerir información de antecedentes judiciales.

Requisitos específicos para la visa de cónyuge o compañero permanente

Para adquirir la visa tipo M o visa de cónyuge o compañero permanente, deberás adjuntar, además, los siguientes documentos:

  1. En caso de matrimonio, se necesita la copia de Registro Civil de Matrimonio colombiano. Si es una unión marital de hecho, la Escritura Pública, Providencia Judicial o Acta de Conciliación en donde se declara la existencia de esta.
  2. Carta de solicitud de la visa, la cual deberá estar firmada por el nacional colombiano. Esta tendrá que ser presentada con la copia sencilla de la cédula de ciudadanía y el poder especial otorgado, por el nacional, al extranjero.

Checklist de requisitos

Los documentos que tendrás que presentar para el trámite de visa de cónyuge o compañero permanente son:

| Pasaporte original |
| ------------------------------------------------ |
| Copia de la página principal del pasaporte |
| Documento que demuestre la estancia regular |
| Fotografía |
| Registro civil de matrimonio o escritura pública |
| Carta de solicitud de visa con cédula y poder |

Costos del trámite de visa de cónyuge o compañero permanente

Estos trámites tienen dos tarifas. En primer lugar, se deberá realizar un pago en el instante en el que se hace la solicitud, este es el costo de estudio y puede variar dependiendo al lugar donde se realice el trámite.

Si la solicitud se hace desde Europa y Cuba el costo es de €40.00 y si es desde Colombia y el resto del mundo el costo será de US$52.00. En caso ser nacional ecuatoriano, el costo es de €23.00 si se solicita en Europa y Cuba y de US$30.00 en el resto del mundo. Para los españoles no tiene costo el estudio de la solicitud.

En segundo lugar, cuando se aprueba la solicitud, se debe cancelar un valor equivalente al costo de expedición de la visa. Si la visa se paga en Europa y Cuba el costo es de €177.00 y si es en Colombia y el resto del mundo es de US$230.00.

Para los nacionales de República del Perú que se establezcan en las cuencas de los ríos Amazonas y Putumayo, ecuatorianos, españoles, japoneses y coreanos la expedición de la visa es gratuita.

Duración del trámite

Para conocer la duración de estos procesos se hace importante conocer sus dos momentos: cuando se realiza la solicitud y cuando se expide la e-visa.

Inicialmente, se radica la solicitud y luego de hacer el pago, la autoridad de visas tiene un término de hasta 5 días hábiles para emitir un concepto. Sin embargo, este tiempo podrá ser hasta de 30 días calendarios cuando se requiera información adicional.

Finalmente, después del pago de la expedición de la visa, la autoridad tiene hasta 3 días hábiles para la expedición y envío de la e-visa.

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Solicitud en línea

Para realizar el trámite en línea debe ingresar a www.cancilleria.gov.co. Después, tendrá que identificar las opciones de “trámites y servicios” y “visa” para finalmente ingresar a “solicitud de visa en línea”.

Es recomendable leer las indicaciones previas y luego diligenciar los datos personales tal y como aparecen en el pasaporte. La casilla de “número de registro de solicitud” se llenará con el número de solicitud que se envió al correo electrónico, cuando haya sido una solicitud registrada previamente. Si se trata de una solicitud realizada por primera vez, se deja en blanco esta parte.

Al finalizar el formulario, el sistema asignará un número que recibirá en su correo electrónico.

Seguidamente, se debe elegir en cada casilla una de las opciones que muestra el menú desplegable, por ejemplo: tipo de visa, tipo de solicitud, etc. Es importante que ninguna casilla quede en blanco.

Después se debe continuar completando todo lo solicitado con información veraz y evitando errores de digitación.

A continuación, se adjunta una fotografía tipo documento reciente, a color, con fondo blanco y de frente en formato JPG y que pese máximo 300 KB.

Luego de esto, se cargan los documentos de soporte en orden, como aparecen en el listado. Recuerde que los documentos que se requieren son los que se exijan para el tipo de solicitud y deben estar en formato PDF.

Finalmente, se debe seleccionar la oficina ante la cual se solicitará el estudio de la visa y escoger el medio de pago.

Es fundamental revisar el correo electrónico, puesto que ahí recibirá el número de solicitud y todas las notificaciones concernientes al trámite.

¿Se puede solicitar la visa de cónyuge o compañero permanente desde el exterior?

El trámite de solicitud de la visa se puede realizar en línea a través de la página web de la cancillería. También, se puede dirigir a un consulado de Colombia.

¿Esta visa permite trabajar en Colombia?

Con esta visa puedes trabajar y realizar todo tipo de actividades licitas dentro del territorio colombiano.

Para tener en cuenta

Cuando tengas la visa tipo M por ser cónyuge o compañero permanente de un colombiano y deseas estar de forma indefinida en Colombia, podrás solicitar la visa de Residente o tipo R después de 2 años de permanencia en el país.

Si te interesa realizar la solicitud de la visa tipo R, te invitamos a revisar el artículo titulado “Visa de residente por matrimonio en Colombia” publicado en nuestra página.

En Servicio legal, contamos con abogados expertos en Derecho Migratorio, que le ofrecen la asesoría legal que necesita para el trámite de visa de residente por matrimonio en Colombia.

Contáctenos, nuestros abogados están listos para ayudarle.

Pasaporte original Copia de la página principal del pasaporte Documento que demuestre la estancia regular Fotografía Registro civil de matrimonio o escritura pública Carta de solicitud de visa con cédula y poder

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