En este artículo, exploramos los cambios recientes en la normativa de visas en Colombia y lo que significan para los migrantes interesados en establecerse en el país.
Emigración e Inmigración en Colombia
A lo largo de su historia, Colombia ha sido conocida como un país de emigrantes, donde muchos ciudadanos han buscado nuevas oportunidades fuera de su territorio.
Como resultado, los esfuerzos del gobierno se han centrado en fortalecer los lazos con la comunidad colombiana en el exterior.
Sin embargo, recientemente ha habido un cambio en los patrones migratorios hacia Colombia, donde cada vez más personas deciden establecerse en el país.
Este cambio exige una nueva regulación de visas que visibilice a Colombia como un destino atractivo para inmigrantes de todo el mundo.
Resolución 5477 de 2022
Así las cosas, el ministerio de relaciones exteriores por medio de la resolución 5477 de 2022 introdujo cambios relevantes en las formalidades, términos y requisitos de los trámites para las solicitudes de visa, así como la introducción y supresión de algunas sub-categorías de visas.
En primer lugar, en la categoría de visitantes o Visa Tipo V, se introdujeron 4 subcategorías:
1. Trabajador Agrícola de Temporada:
Se creó con el fin de desarrollar labores agrícolas de temporada bajo programas establecidos por el Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural o las gobernaciones junto con el sector agrícola, el Ministerio de Trabajo, de salud y protección social.
2. Fomento a la internacionalización:
Está destinada para el desarrollo de actividades productivas, de innovación o investigación orientadas a la adopción o adaptación de tecnologías que complementen o desarrollen productos, procesos o servicios que contribuyan a fortalecer la competitividad del país, también para actividades que contribuyan a incorporar el conocimiento a las actividades o profesiones preestablecidas por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Atención al Ciudadano, que contribuyan a la internacionalización del país.
3. Empresarios TLC:
Tiene el propósito de facilitar la movilidad de empresarios o personas de negocios, en aplicación de compromisos adquiridos por Colombia en el marco de Tratados de Libre Comercio suscritos y en vigor con otros Estados.
4. Visa de Nómada Digital:
Aplica únicamente para que trabajadores independientes o vinculados laboralmente a empresas extranjeras presten servicios de trabajo remoto o teletrabajo desde Colombia a través de medios digitales.
También aplica para iniciar un emprendimiento de contenido digital o tecnologías de la información de interés para el país.
En segundo lugar, en la categoría de Migrante o Visa Tipo M, se incluyeron visas para:
1. Fomento a la Internacionalización:
Destinada para extranjeros con formación a nivel de maestría, doctorado o post-doctorado en ciencias básicas o aplicadas, ingeniería, matemáticas y afines, cuyos perfiles se ajusten a las prioridades requeridas por el país en sus planes de internacionalización públicos y privados; o para profesionales de áreas preestablecidas por la dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Atención al Ciudadano, cuyo ejercicio aporte a la adopción y/o adaptación de tecnologías que fortalecen la competitividad en el país.
2. Apátrida:
Es para extranjeros a quienes el Estado colombiano les haya reconocido la condición de persona apátrida.
En tercer lugar, en la categoría de Residente o Visa Tipo R, se incluyó:
1. Por aplicación del Estatuto Temporal de Protección para migrantes venezolanos.
2. Especial de Paz:
Creada para dar cumplimiento al Decreto Ley 831 del 18 de mayo de 207 que indica que al extranjero ex miembro de la FARC-EP, que haya surtido el proceso de dejación de armas, se haya sometido al Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera y haya hecho tránsito a la legalidad.
Cambios en Visas ya Existentes
Finalmente, también hubo cambios importantes respecto a las condiciones de las visas ya existentes, ya que se introdujeron requisitos adicionales y se aclaró que tanto el trámite de estudio y expedición serán totalmente virtuales, entre otras cosas.
Cibergrafía
https://www.oas.org/es/sadye/documentos/FUPAD%5FCartillaDerechos.pdf