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Derecho del Consumo en Colombia – Mecanismos de Protección al Consumidor

Publicado en: 23 de febrero de 2023
Tiempo de lectura: 3 min
Derecho del Consumo en Colombia – Mecanismos de Protección al Consumidor

El consumidor en Colombia

El consumidor es toda persona que adquiera bienes y contrate servicios. Los consumidores tienen ciertos deberes y derechos que se deben tener en cuenta en las relaciones de consumo y que son irrenunciables. Los derechos con los que cuentan los consumidores se encuentran regulados en el Estatuto del Consumidor y son:

Protección al consumidor

La protección al consumidor es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre consumidores, productores, proveedores y expendedores y buscan proteger a las personas (naturales o jurídicas) que adquieren productos y servicios. Estas normas versan sobre diversos asuntos como la protección de datos personales, telecomunicaciones, productos con fallas o de baja calidad, incumplimiento de garantías, problemas en la prestación de servicios, información engañosa, entre otros.

El consumidor puede hacer valer sus derechos mediante la interposición de denuncias o demandas, según el caso concreto, ante las siguientes entidades:

Los consumidores también pueden recurrir a procesos judiciales para solucionar controversias o a arbitrajes de consumo. El arbitraje de consumo es un mecanismo extrajudicial de solución de conflictos que se presentan en las relaciones de consumo.

El arbitraje de consumo es un mecanismo voluntario y gratuito por lo que puede ser solicitado por cualquier persona que tenga un conflicto con una empresa en relación con una relación de consumo. Las partes involucradas en el conflicto serán mediadas por un tercero denominado conciliador y este emitirá un laudo arbitral que es una especie de sentencia emitida por los centros de conciliación y hace tránsito a cosa juzgada. Cuando el conflicto no versa sobre una suma superior a los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes, el consumidor no requiere la contratación de un abogado ni debe pagar honorarios al conciliador ni al centro de conciliación, ello en virtud de que se trata de un arbitraje social.

Durante el año 2020 la SIC recibió 302.605 reclamos por parte de consumidores principalmente en temas de compras online, problemas en la prestación de servicios públicos, telecomunicaciones y garantías e impuso 1.258 sanciones principalmente en temas de publicidad engañosa, incumplimiento de garantías y protección de datos personales.

En este mismo año se presentaron 3.841 audiencias de arbitraje de consumo, de las cuáles el 80% fueron resueltas de manera favorable al consumidor, y la rama judicial recibió 24.080 demandas en materia de protección al consumidor.

REFERENCIAS:

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