Trámite para la obtención de la Nacionalidad Portuguesa para hijos menores de edad y cónyuge de ciudadano portugués

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Normatividad

La regulación para la obtención de la nacionalidad portuguesa está consagrada en el Decreto-Ley n. º 237-A/2006 modificado por los decretos ley n. º 43/2013 y n. º 71/2017. Adicionalmente, existe el Decreto ley 30A/2015 que permite la concesión de la nacionalidad portuguesa a través de la naturalización a descendientes judíos sefarditas[1].

Trámite para hijos menores de edad

La nacionalidad portuguesa puede adquirirse a través de la voluntad, la adopción y la naturalización[2], para el caso particular de los menores de edad cuyo padre o madre haya adquirido la nacionalidad portuguesa, el artículo 13 del Decreto 237-A/2006 prevé la posibilidad de solicitar su obtención a través de la declaratoria de voluntad.

Art.13°. Los hijos incapaces de madre o padre que haya adquirido nacionalidad portuguesa, si también la quisieren adquirir, deben declarar, por intermedio de sus representantes legales, que pretenden ser portugueses. En la declaración se debe indicar el registro de adquisición de la nacionalidad del padre o la madre.

Condiciones[3]:

  • Ser menor de 18 años.
  • Que la mamá o el papá hayan adquirido la nacionalidad portuguesa después de que el menor haya nacido.
  • Debe declarar a través de sus representantes legales querer adquirir la nacionalidad portuguesa utilizando el formato de declaración para la adquisición de nacionalidad portuguesa[4]

Es recomendable tener un vínculo efectivo con la comunidad portuguesa. Ejemplos de posibles vínculos pueden ser:

  1. a) Tener residencia legal en Portugal hace 5 años.
  2. b) Estar inscrito en el Sistema Nacional de Salud o en los servicios regionales de salud.
  3. c) Probar que estudia en Portugal.

Documentos necesarios[5]:

  • Certificación de nacimiento de la madre o el padre que adquirió nacionalidad portuguesa donde conste dicha adquisición. *Este requisito puede ser omitido si el registro de adquisición consta en la oficina de registros civiles portuguesa y se identifica el año y número de registro.
  • Si los padres del menor son casados, se debe presentar documento que pruebe tal matrimonio.
  • Registro civil de nacimiento del menor apostillado y traducido al portugués.
  • Documento donde conste la nacionalidad extranjera del menor traducido al portugués.
  • Si el menor tiene más de 16 años, se debe aportar un registro criminal por los países extranjeros donde el menor haya vivido a partir de los 16 años. El documento debe estar traducido al portugués.
  • Documento que compruebe el vínculo efectivo que el menor tiene con la comunidad portuguesa.

Trámite[6]:

  • La declaración para la adquisición de la nacionalidad portuguesa debe ser firmada en la presencia de uno de los funcionarios de registro cuando se entregue. O si se envía la declaración por correo a los “Balcões da Nacionalidade ou para Conservatória dos Registos Centrais”, debe haber alguien con poder para reconocer las firmas.
  • La declaración para la adquisición de nacionalidad portuguesa debe ser firmada por los representantes legales del menor. Estos pueden ser representados por un apoderado.

Se puede presentar la solicitud en:

  • En una ventanilla del Instituto de notariado y registro del centro nacional de apoyo a la integración de Migrantes en Lisboa o en Oporto.
  • En el Espacio de Registros de Areeiro en Lisboa.
  • En la oficina de ciudadanía de Odivelas.

*Si se envía por correo, se deben enviar los pedidos a:

  • Conservatória dos Registos Centrais Rua Rodrigo da Fonseca, 198 1099-003 Lisboa.

Aclaración: Cuando la solicitud de nacionalidad portuguesa se efectúa bajo el supuesto de origen Sefardí, el decreto ley 30A/2015 especifica que cada solicitud se debe hacer de forma individual por cada persona mayor de edad. Por ende, los hijos mayores de edad deben efectuar el mismo trámite que su progenitor solicitante, en cambio, los menores de edad deben esperar a que su progenitor adquiera la nacionalidad portuguesa para después este solicitarla a través de su representante legal por medio de la declaración de voluntad que prevé el artículo 13° del Decreto ley 237-A/2006.

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Trámite para el cónyuge

El artículo 14 del Decreto 237-A/2006 prevé la posibilidad de solicitar su obtención a través de la declaratoria de voluntad. Ahora bien, la norma es clara en exigir que el matrimonio entre el extranjero y el nacional portugués debe tener una duración mínima de tres (3) años para que la solicitud de nacionalidad sea procedente.

Documentos[7]:

  • Registro civil de matrimonio. *Este requisito no será necesario si este documento ya está en una oficina de registro portuguesa donde se identifique el año y número.
  • Registro civil de nacimiento del solicitante apostillado y traducido al portugués.
  • Registro civil de nacimiento del cónyuge portugués. *Este requisito no será necesario si este documento ya está en una oficina de registro portuguesa donde se identifique el año y número.
  • Documento donde conste la nacionalidad extranjera del cónyuge solicitante apostillado y traducido al portugués.
  • Registro criminal certificado por los países donde la persona vivió después de los 16 años. Si no está en portugués, debe ser traducido.

Es recomendable presentar documentos que comprueben un vínculo con la comunidad portuguesa. Un ejemplo de ello puede ser:

  1. a) Una carta laboral.
  2. b) Certificado de afiliación a la seguridad social en Portugal.
  3. c) Cuenta de servicios públicos del lugar donde reside en Portugal.
  4. d) Contrato de arrendamiento del lugar donde reside en Portugal.

Trámite[8]:

  • Puede descargar el formulario de declaratoria para la adquisición de la nacionalidad portuguesa y llenarlo.
  • Debe firmar la declaración en presencia de uno de los funcionarios de Registro cuando va a entregar el pedido. Puede hacerlo a través de apoderado.
  • Si prefiere enviar la declaración por correo, a “Os Balcões da Nacionalidade ou para a Conservatória dos Registos Centrais” debe firmarla ante alguien con poder para reconocer la firma.

Se puede presentar la solicitud en:

  • En una ventanilla del Instituto de notariado y registro del centro nacional de apoyo a la integración de Migrantes en Lisboa o en Oporto.
  • En el Espacio de Registros de Areeiro en Lisboa.
  • En la oficina de ciudadanía de Odivelas.

*Si se envía por correo, se deben enviar los pedidos a:

– Conservatória dos Registos Centrais Rua Rodrigo da Fonseca, 198 1099-003 Lisboa.

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Trámite para el compañero permanente

Al igual que para el cónyuge, el artículo 14 del Decreto 237-A/2006 prevé la posibilidad de solicitar su obtención a través de la declaratoria de voluntad. La norma exige que el extranjero solicitante, cohabite con el nacional portugués en condiciones análogas a las de los cónyuges hace más de tres (3) años. Adicionalmente, la unión marital debe haber sido previamente declarada (tener reconocimiento).

Condiciones[9]:

  • Presentar certificado de la sentencia judicial donde se reconoce que viven hace más de (3) años juntos en condiciones semejantes a una pareja de casados.
  • Presentar una declaración con menos de 3 meses en la que el ciudadano portugués confirme que continúan viviendo en unión marital de hecho. Esta declaración puede ser hecha presencialmente ante el funcionario que recibe la solicitud indicando el número de cédula de ciudadanía portuguesa.

*Respecto al trámite y los otros documentos necesarios, el procedimiento es el mismo que debe seguir el cónyuge

 

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Si tienes alguna duda acerca de los trámites para la obtención de la nacionalidad portuguesa por origen Sefardí, y la nacionalidad para tus hijos menores de edad, cónyuge o compañero permanente, nosotros podemos ayudarte. En Servicio Legal somos expertos en derecho migratorio y te ayudaremos paso a paso para lograr tu nacionalidad portuguesa.

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