Causales de inexistencia y nulidad del matrimonio

Causales de inexistencia y nulidad del matrimonio

Causales de inexistencia y nulidad del matrimonio

En Colombia, el matrimonio es una institución legal y social que establece un vínculo jurídico y emocional entre dos personas con el propósito de crear una familia. El matrimonio es reconocido y regulado por el Código Civil y se celebra ante un funcionario público llamado notario o juez.  

Es importante destacar que, aunque el matrimonio en Colombia es válido en principio, existen circunstancias en las que puede ser declarado inválido o inexistente.  

Causales de inexistencia:

  • Consentimiento: es un elemento principal.  
  • Capacidad en razón de la edad.  
  • Objeto: se configura la inexistencia cuando la persona no conoce los fines o los derechos y obligaciones del matrimonio.  
  • La causa: se configura cuando se desconoce el motivo por el cual se celebra el acto jurídico.  
  • La falta de solemnidad o formalidades sustanciales. 

Causales de nulidad

Son causales taxativas, lo que significa que no pueden ser interpretadas ni aplicadas por analogía.  

  1. Capacidad: por edad o enfermedad en los casos en los que la persona no pueda entender lo que es y que implica el matrimonio.  
  2. Consentimiento: debe ser libre y espontáneo 
    • Error: en cuanto a la persona, en cuanto a las cualidades esenciales físicas o morales.  
    • Fuerza: se refiere a fuerza moral, psicológica o física que genere un daño grave e irreparable. Puede provenir del contrayente o de terceras personas. Aplica tanto si es ejercida sobre bienes o sobre la persona.  Esta causal es subjetiva porque el juez tiene que entrar a analizar cada caso, las condiciones particulares de cada persona que está alegando la fuerza.
  3. Rapto: se puede dar por dos causas:  
    • Conyugicidio: se refiere a que una persona mata a su propio cónyuge para poder contraer matrimonio con otro. 
    • Parentesco: el parentesco de consanguinidad, afinidad y civil general una nulidad insubsanable.  
    • Celebración de un segundo matrimonio estando vigente un primero.  
  4. Por falta de formalidades sustanciales: se genera porque no se celebra el matrimonio ante el funcionario competente.  

La nulidad puede tener efectos tanto de orden personal como patrimonial.  

  1. Efectos personales: se recobra el estado civil anterior, cesan todos los derechos y obligaciones que surgen entre los cónyuges, los hijos siguen siendo matrimoniales y siguen sometidos a la patria potestad.  
  2. Efectos patrimoniales: se disuelve la sociedad conyugal, salvo en algunos casos, se mantienen las donaciones o promesas que se hubieran hecho con ocasión al matrimonio y el padre que no tenga a los hijos bajo su custodia deberá pasar una cuota alimentaria y contar con un régimen de visitas.  

 

Cibergrafia

https://www.gerencie.com/cuando-es-nulo-el-matrimonio-segun-las-normas-del-codigo-civil.html 

https://www.minjusticia.gov.co/programas-co/LegalApp/Paginas/Que-hacer-para-declarar-la-nulidad-de-un-matrimonio-civil.aspx 

https://www.eltiempo.com/justicia/servicios/nulidad-de-matrimonio-civil-causales-y-requisitos-para-tramitarlo-743527 

https://samerderecho.blogspot.com/2009/10/diferencias-y-semejanzas-entre-nulidad.html#:~:text=La%20inexistencia%20en%20el%20matrimonio,lo%20establece%20las%20normas%20procesales.&text=El%20matrimonio%20es%20inexistente%20para,org%C3%A1nico%2C%20esencial%20o%20estructural%20falta. 

https://salasegunda.poder-judicial.go.cr/revista/Revista_N10/contenido/PDFs/08-nulidad_inexistencia_matrimonio.pdf