ABC Visas Colombia

Trámite Visa Colombia

 

Los trámites para todo tipo de visa en Colombia es posible realizarlos de manera digital por medio del sitio web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores (https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa).

Si la persona se encuentra fuera de Colombia, la solicitud se deberá presentar ante la Oficina Consular cuya circunscripción corresponda a su propio país de residencia o aquél tercer país donde se encuentre establecido con un permiso de residencia temporal o permanente; por otro lado, si la persona se encuentra en Colombia deberá presentar su solicitud a través de la plataforma digital, eligiendo en el menú de opciones “oficina en Bogotá”, la cual sólo conocerá de solicitudes de visa de extranjeros que se encuentren en el país con situación migratoria regular.

A pesar de que la solicitud sea presentada de manera digital, la Autoridad de Visas e Inmigración podrá exigir la presentación física y original de la documentación requerida. 

 

Requisitos generales para todas las solicitudes de visa:

  1. Diligenciar el formulario de solicitud de visa de forma electrónica disponible en la página de internet del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  2. Aportar fotografía digital reciente, a color y con fondo blanco
  3. Contar con un pasaporte, documento de viaje o Laissez Passer  con vigencia mínima de seis (6) meses al momento de la solicitud de la visa, se encuentre en buen estado y con hojas libres para estampar la etiqueta de visa.
  4. Los extranjeros que soliciten visa encontrándose en el territorio colombiano deberán aportar copia de la página del pasaporte en la que se encuentra el sello más reciente de entrada al país o autorización de ingreso equivalente expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, o salvoconducto para demostrar su permanencia regular en el territorio.
  5. Los ciudadanos de nacionalidades eximidas de visa de corta estancia mediante la Resolución 5488 de 2022, que soliciten su visa en territorio de un Estado distinto al de su nacionalidad, deberán aportar copia del documento que acrediten su estancia regular.                              Los ciudadanos de nacionalidades no eximidas de visa para corta estancia que soliciten visa en un país distinto al de su nacionalidad, deberán aportar copia del documento que acredite su estatus migratorio como residente.

 

Etapas del proceso:

  1. Corresponde al estudio de la solicitud  que comienza una vez es diligenciado el formulario electrónico y digitalizados los documentos, continúa con la generación en la plataforma de un número de referencia con el cual el solicitante deberá proceder a pagar dentro de los 10 días calendario siguientes y una vez realizado el pago, la Autoridad de Visas e Inmigración tendrá hasta treinta 30 días calendario para emitir el pronunciamiento que podrá excederse cuando se requiera elevar consultas a otras entidades. (El pago del estudio de la solicitud no es reembolsable y no compromete el otorgamiento de la visa.).
  2. Se refiere a la expedición de la visa en caso de ser autorizada. El titular tendrá hasta 10 días calendario para efectuar el pago que corresponda. Dentro de los 10 días hábiles siguientes al pago de la visa que haya sido aprobada, la Autoridad de Visas e Inmigración expedirá y enviará la visa electrónica a la dirección de correo electrónico del extranjero registrada por el solicitante. 

Los costos de cada etapa varían según el tipo de visa y la actividad/ ocupación. Es posible consultarlos en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa/costos-medios-pago-oficinas-atencion

Tipos de visa

Visa de visitante (tipo V)

Está destinada a actividades de corta a mediana estancia en el país y no concede un estatus de residente temporal o definitivo. Entre ellas se encuentran: 

Visa de Turismo:

Tiene vigencia hasta de 1 año y no permite trabajar dentro del territorio colombiano.

Visa de Negocios:

Tiene vigencia de hasta 2 años y no permite trabajar ni vincularse al sistema de seguridad social colombiano. Está destinada para realizar gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y constitución de sociedad comercial, negociación, celebración de contratos o representación comercial. 

Visa de Estudiante:

Deberá tramitarse siempre que la permanencia en Colombia exceda los 180 días calendario y tendrá una vigencia de hasta 2 años. Esta permite trabajar al estudiante universitario de posgrado hasta 20 horas semanales. 

Visa de visitante (tipo V) de cortesía:

Aplica para unos casos específicos como el de los diplomáticos, personas que participaran en programas académicos o eventos del ICETEX, personas amparadas por la Ley de Cine, extranjeros a quienes la CONARE solicite medida complementaria al refugio y demás casos contemplados en la ley. 

Visa de migrante (tipo M)

Está destinada para el extranjero que aspira establecerse y tiene una vigencia de 3 años. Entre ellas se encuentra: 

Visa de Cónyuge:

Aplica para extranjeros que tengan vínculo matrimonial con un ciudadano colombiano y aspiren a convivir efectivamente con él en Colombia. Esta visa otorga un permiso abierto de trabajo. 

Visa de Trabajador:

Destinada a personas que aspiran a trabajar en Colombia con persona jurídica vinculadas por medio de contrato de trabajo. El permiso de trabajo aplica exclusivamente para el cargo, entidad, profesión o actividad para la cual se concedió la visa. 

Visa de Inversionista:

Aplica para el extranjero que haya efectuado Inversión Extranjera Directa o haya adquirido inmueble a nombre propio y mantenga dicha inversión o adquisición durante la vigencia de su visa. 

Todas las visas pertenecientes a esta categoría permiten acumular tiempo para la Visa de Residente, después de transcurrido un tiempo mínimo de permanencia como titular. 

Visa de residente (tipo R):

Aplica para el extranjero que desee establecerse permanentemente en Colombia.

 

Visa de beneficiario:

Destinada al cónyuge, compañero (a) permanente y los hijos (as) menores de 25 años que dependan económicamente del titular principal de una visa, o que, siendo mayores de 25 presenten algún tipo de incapacidad debidamente calificada que les impida tener independencia económica. 

 

Cibergrafía

https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa