Visa para producción y rodaje de obras cinematográficas extranjeras

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Se le concederá este tipo de visa, con vigencia de hasta 2 años y de manera completamente gratuita, al personal artístico, técnico y de producción extranjero que ingrese al país con el objeto de realizar proyectos de producción y rodaje de obras cinematográficas extranjeras.

Esta visa concede permiso de trabajo exclusivamente para el proyecto y rodaje de la obra con el cual se otorgue la visa, pero permite realizar libremente gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y creación de empresas.

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Requisitos generales

Dependerán de si se realiza la solicitud con respaldo o no de una institución, así:

  • Solicitud personal o con respaldo de persona natural: Comunicación escrita del solicitante y/o persona natural que respalde la solicitud con:

-Identificación plena del solicitante y/o de la persona natural

–Explicación sucinta de la relación o vínculo entre el extranjero y la persona natural, en caso de haberla.

-Explicación detallada de la actividad que el extranjero se propone realizar en territorio nacional.

-Declaración de la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero.

-Acreditación de liquidez del solicitante y/o de la persona natural mediante los extractos bancarios correspondientes a los 6 meses previos a la solicitud.

  • Solicitud con respaldo institucional: Comunicación escrita suscrita por el representante legal de la persona jurídica que contenga:

-Identificación plena de la persona jurídica y datos de contacto.

-Identificación completa del extranjero.

-Explicación detallada de la actividad que el extranjero se propone realizar en territorio nacional.

-Explicación de la relación o vínculo con el extranjero y de la especial cualificación o experticia del mismo, en caso de haberla.

-Declaración de la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero.

-Acreditación de liquidez de la persona jurídica mediante los extractos bancarios correspondientes a los 6 meses previos a la solicitud, salvo que se trate de una entidad pública.

-Certificado de existencia y representación o documento equivalente en caso de que la persona jurídica que respalda la solicitud sea privada y constituida en el extranjero

Tener en cuenta:

  • Los documentos (salvo los de identidad y viaje) deben haber sido expedidos con máximo 3 meses de anterioridad a la solicitud
  • Los documentos del exterior deben haber sido legalizados o apostillados
  • Si los documentos están en un idioma distinto al español, deben contar con traducción oficial legalizada o apostillada.
  • La Cancillería de Colombia podrá requerir información de antecedentes judiciales.

 Requisitos específicos para Visa producción y rodaje de obras cinematográficas extranjeras

  • Carta de solicitud suscrita por la persona, entidad oficial, organización internacional de derecho público o misión diplomática que promueva la visita del extranjero en la que se informe la actividad que se propone realizar en el territorio nacional, programa o agenda prevista.
  • Certificación expedida por la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura, o entidad que haga sus veces, de que dicho proyecto corresponde a producción de obra cinematográfica extranjera.
  • Acreditación de un servicio de asistencia médica durante su permanencia en el país.

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