Visa tipo V como tripulante de embarcación o en plataforma costera fuera

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Para ingresar y trabajar en aguas jurisdiccionales colombianas como tripulante de embarcación o en plataforma costa afuera, los extranjeros deberán solicitar este tipo de visa, que tiene vigencia por 2 años y únicamente concede permiso de trabajo en la embarcación o plataforma con la cual se otorgue, pero permite realizar gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y creación de empresas.

Requisitos generales visa tipo V como tripulante de embarcación

Dependerán de si se realiza la solicitud con respaldo o no de una institución, así:

Solicitud personal o con respaldo de persona natural

Comunicación escrita del solicitante y/o persona natural que respalde la solicitud con:

  • Identificación plena del solicitante y/o de la persona natural
  • Explicación sucinta de la relación o vínculo entre el extranjero y la persona natural, en caso de haberla.
  • Explicación detallada de la actividad que el extranjero se propone realizar en territorio nacional.
  • Declaración de la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero.
  • Acreditación de liquidez del solicitante y/o de la persona natural mediante los extractos bancarios correspondientes a los 6 meses previos a la solicitud.

Solicitud con respaldo institucional

Comunicación escrita suscrita por el representante legal de la persona jurídica que contenga:

  • Identificación plena de la persona jurídica y datos de contacto.
  • Identificación completa del extranjero.
  • Explicación detallada de la actividad que el extranjero se propone realizar en territorio nacional.
  • Explicación de la relación o vínculo con el extranjero y de la especial cualificación o experticia del mismo, en caso de haberla.
  • Declaración de la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero.
  • Acreditación de liquidez de la persona jurídica mediante los extractos bancarios correspondientes a los 6 meses previos a la solicitud, salvo que se trate de una entidad pública.
  • Certificado de existencia y representación o documento equivalente en caso de que la persona jurídica que respalda la solicitud sea privada y constituida en el extranjero

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Tener en cuenta:

  • Los documentos (salvo los de identidad y viaje) deben haber sido expedidos con máximo 3 meses de anterioridad a la solicitud
  • Los documentos del exterior deben haber sido legalizados o apostillados
  • Si los documentos están en un idioma distinto al español, deben contar con traducción oficial legalizada o apostillada.
  • La Cancillería de Colombia podrá requerir información de antecedentes judiciales.

Costos visa tipo V como tripulante de embarcación

Se deben realizar dos pagos:

Al momento de realizar la solicitud, para el estudio:

  • Si la solicitud se hace desde Europa o Cuba, el costo es de €40
  • La solicitud se hace desde Colombia y el resto del mundo, el costo es de €52
  • Solicitud la hace un nacional ecuatoriano, desde Europa o Cuba, el costo es de €23
  • Un nacional ecuatoriano, desde Colombia o el resto del mundo, el costo es de US$30
  • Nacional español, no tiene costo
  • Embarcación o plataforma realizará sus actividades en las zonas aledañas a San Andrés, Providencia y Santa Catalina, no tiene costo

Al momento de aprobación de la visa, para su expedición:

  • Si la solicitud se hace desde Europa o Cuba, el costo es de €131
  • La solicitud se hace desde Colombia y el resto del mundo, el costo es de $170
  • Un nacional peruano para establecerse en las cuencas de los ríos Amazonas y Putumayo, un nacional ecuatoriano, español, japonés o coreano, no tiene costo
  • Embarcación o plataforma realizará sus actividades en las zonas aledañas a San Andrés, Providencia y Santa Catalina, no tiene costo

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