Asilo en Estados Unidos: ¿Cómo obtenerlo?

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Estados Unidos ha tenido una larga historia como el líder resituando migrantes, la necesidad de tal liderazgo se mantiene, debido a que desde la década pasada el número de migrantes que huyen de sus países natales buscando escapar de la violencia o inclusive de la persecución se ha mantenido en crecimiento #|1,  buscando así protección y asilo en Estados Unidos

Ahora bien, existen dos formas de pedir protección en Estados Unidos y resulta muy común que algunas personas se confundan cuando se trata de la diferencia entre el asilo y el refugio.

Un solicitante de asilo es alguien que busca protección y que se encuentra en la entrada (cruce fronterizo, aeropuerto o puerto), o en el propio territorio nacional de EE. UU. al haber ingresado a este de manera tanto legal como ilegal.

Por otro lado, un refugiado es alguien que se encuentra fuera de los Estados Unidos y no se ha reubicado en otro país. Un individuo a quien se le considera un refugiado o un asilado representa una preocupación humanitaria especial para los EUA, pero el día de hoy nos centraremos en la figura del asilo en Estados Unidos.

Asilo

El asilo es la manera más frecuente de emigrar a Estados Unidos por motivos humanitarios, en el año 2019, unas 46.508 personas obtuvieron el estado de asilado en EE. UU. #2

Para adquirir este estatus no puede haber pasado más de un año después del ingreso al país, sin embargo, esta restricción podría no darse si se puede evidenciar un suceso excepcional que afecte su aplicación puntual en los plazos otorgados, la Ley de Inmigración y Nacionalidad o INA señala varios ejemplos), es decir:

  • Circunstancias que cambiaron y afectan directamente su elegibilidad de asilo o circunstancias extraordinarias relacionadas con demoras en la presentación de la solicitud.
  • Además, usted presentó su solicitud dentro de un período razonable debido a dichas circunstancias.

Diferencia entre asilo afirmativo y defensivo

Existen dos tipos de solicitudes de asilo en Estados Unidos, el proceso de asilo afirmativo, el cual es para aquellas personas que solicitan asilo y que no se encuentran enfrentados con algún tipo de proceso de expulsión.

Si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS, por sus siglas en inglés) no concede el asilo, el solicitante entra a un proceso de expulsión y puede hacer una nueva solicitud de asilo en Estados Unidos a través del proceso de asilo defensivo, proceso durante el cual deberá comparecer ante un juez de inmigración.

El proceso para pedir asilo en Estados Unidos es:

  1. Se realiza la solicitud de asilo mediante el formulario I-589, el cual no requiere pago de tarifa alguna.
  2. Se procede a la toma de huellas dactilares y verificación de antecedentes.
  3. Enviar una notificación al solicitante para proceder a la entrevista de asilo. En la misma deberá presentarse junto con su cónyuge o hijos que busquen obtener beneficios de asilo (los hijos deben ser menores de 21 años y deben estar solteros). De no poder efectuar su entrevista en inglés, deberá llevar un intérprete.
  4. El agente de asilo determinará su elegibilidad y el agente supervisor de asilo revisará la decisión.
  5. Lo más común es que en un plazo de en alrededor dos semanas después de la entrevista el solicitante deberá regresar a la oficina de asilo para obtener la decisión de la solicitud.

NOTA: Para consejos de la propia USCIS que podrían resultar de gran ayuda ingrese a la siguiente guía. 

Posibles respuestas tras la solicitud de asilo en Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración o USCIS, podrá responder con alguna de las siguientes opciones:

Notificación de intención de denegación: el solicitante recibirá una notificación de intención de denegación si se determina que no es elegible para asilo en Estados Unidos, esta explicará las razones por las que se negó el asilo y el solicitante tiene un máximo de 16 días para enviar por escrito la razón por la que se le debe conceder la reclamación, o adjuntar evidencias de tenerlas.

Referido a un tribunal de inmigración: si el USCIS no aprueba la solicitud de asilo, y se está en EE. UU. ilegalmente, el caso se referirá al tribunal de inmigración. Esta no constituye una denegación, sino una evaluación adicional.

Denegación final:  En estos casos es posible presentar nuevamente una solicitud de asilo, sin embargo, se deberá demostrar que las circunstancias que afectaron su elegibilidad de asilo cambiaron desde la denegación.

Concesión de asilo: si el USCIS determina que es elegible, el solicitante recibirá una carta y un formulario I-94. La concesión de asilo incluye al cónyuge e hijos que hayan estado presentes en EE. UU. y que hayan sido incluidos en la petición de asilo demostrando sus lazos.

asilo en Estados Unidos

¿Dónde solicito el estatus de asilado?

#3

Si usted vive enEntonces presente su solicitud en:
Alabama, Arkansas, Colorado, Carolina del Norte, Carolina del Sur, Distrito de Columbia, Florida, Georgia, Islas Vírgenes Estadounidenses, Luisiana, Maryland, Misisipí, Nuevo México, Oklahoma, Puerto Rico, Tennessee, Texas, Utah, Virginia, Virginia Occidental, Wyoming, Oeste de Pensilvania, condados Allegheny, Armstrong, Beaver, Bedford, Blair, Bradford, Butler, Cambria, Clarion, Clearfield, Crawford, Elk, Erie, Fayette, Forest, Greene, Indiana, Jefferson, Lawrence, McKean, Mercer, Somerset, Venango, Warren, Washington, y WestmorelandUSCIS TSC
Attn: I-589
6046 N Belt Line Rd. STE 589
Irving, TX 75038-0018
Arizona, California, condados Imperial, Los Ángeles, Orange, Riverside, San Bernardino, San Diego, Santa Bárbara, San Luis Obispo, o Ventura, Guam, Hawái, Nevada, condados de Clark, Esmeralda, Nye o LincolnSi lo envía por medio del Servicio Postal de EE. UU. (USPS)

USCIS California Service Center
P.O. Box 10881
Laguna Niguel, CA 92607-0881

Si lo envía por FedEx, UPS o DHL:

USCIS California Service Center
Attn: I-589
24000 Avila Road
2nd Floor, Room 2312
Laguna Niguel, CA 92677

Alaska, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Idaho, Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Kentucky, Michigan, Minnesota, Misuri, Montana, Nebraska, Ohio, Oregón, Washington, Wisconsin, Cualquier condado de California o Nevada no listado anteriormente.Si lo envía por medio del Servicio Postal de EE. UU. (USPS)

USCIS Nebraska Service Center
P.O. Box 87589
Lincoln, NE 68501-7589

Si lo envía por FedEx, UPS o DHL:

USCIS Nebraska Service Center
Attn: I-589
850 S Street
Lincoln, NE 68508

Connecticut, Delaware, Maine, Massachusetts, Nueva Hampshire, Nueva Jersey, Nueva York, Rhode Island, Vermont, Un condado de Pensilvania no listado anteriormente.Vermont Service Center
Attention: Asylum
38 River Road
Essex Junction, VT 05479-0001

¿Qué beneficios incluye el asilo en Estados Unidos?

  • Solicitar un Documento de Autorización de Empleo
  • Acceso a numerosas becas.
  • Solicitar una tarjeta de Seguro Social.
  • Solicitar un permiso para viajar al extranjero.
  • El cónyuge o hijo elegible incluido en la solicitud de asilo puede permanecer y trabajar en EE. UU. y buscar la residencia permanente legal.
  • Solicitar que ciertos familiares obtengan el estatus de refugiado o asilado.
  • Acceso a programas gubernamentales como Asistencia Médica para Refugiados, (RMA, por sus siglas en inglés) y Asistencia Monetaria Para Refugiados (RCA, por sus siglas en inglés)
  • Después de un año, un asilado puede solicitar el estatus de residente permanente legal y una vez se convierta en residente permanente debe esperar cuatro años para solicitar la ciudadanía.

Fin del estatus de asilado

El estatus de asilado no tiene fecha de caducidad, pero se podrá cancelar en los siguientes casos:

  • No hay un temor fundado de persecución sobre una base real debido a un cambio significativo en las circunstancias.
  • La concesión de asilo fue obtenida de forma fraudulenta.
  • La comisión de ciertos delitos que lo hacen inelegible para el asilo.
  • Se obtuvo protección de otro país.

Este tipo de procesos no requiere de la intermediación de un abogado.

 

CIBERGRAFÍA:

#1 https://www.americanimmigrationcouncil.org/research/overview-us-refugee-law-and-policy

#2 https://www.dhs.gov/sites/default/files/publications/immigration-statistics/yearbook/2019/refugee_and_asylee_2019.pdf

#3 https://www.uscis.gov/es/i-589

 

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